De la Espriella ordena revisar subsidios y beneficios tributarios: el gasto tributario del IVA, de $99 billones, entra en la mira

El presidente Abelardo de la Espriella le pidió al ministro de Hacienda, Miguel Gómez, revisar los subsidios, exenciones y beneficios tributarios que no tengan una justificación económica o social verificable, con la meta de recortar $45 billones del presupuesto de 2027. Los cambios, anticipó, llegarían al Congreso en una ley de rescate fiscal o en el Plan Nacional de Desarrollo del próximo año. El tamaño del asunto lo da el Marco Fiscal de Mediano Plazo: solo el IVA representó un gasto tributario de $99 billones en 2024. Los expertos consultados por Infobae (Juan Alberto Londoño, Mauricio Salazar y Germán Machado) coinciden en que, si el IVA no se toca, el margen se reduce a unos $40 billones en beneficios de renta de personas naturales y jurídicas.

Esos beneficios están en el Estatuto Tributario: en IVA, los bienes excluidos del artículo 424, los exentos del 477 y la tarifa del 5 % de los artículos 468-1 y 468-3; en renta, las rentas exentas del artículo 235-2, los descuentos de los artículos 255 a 258 y las deducciones especiales. Ninguno puede eliminarse por decreto: por el principio de legalidad (artículos 150-12 y 338 de la Constitución) hace falta una ley, y la emergencia económica ya fue suspendida por la Corte Constitucional (Auto 082 de 2026). La ley del Plan Nacional de Desarrollo sí puede traer medidas tributarias, como ocurrió con la Ley 1955 de 2019.

Por ahora no cambia nada: no hay proyecto radicado ni articulado conocido. Lo que sí anuncia la orden es el método. Cada beneficio tendrá que demostrar que cumple el fin para el que se creó, y eso apunta primero a las exclusiones de IVA con poca focalización (el café en cápsulas o el atún enlatado, en los ejemplos que citan los expertos) y a los beneficios sectoriales de renta. Las empresas que hoy aplican descuentos por inversiones ambientales, rentas exentas o tarifas reducidas deberían contar con que el debate de 2027 se dé sobre su justificación y no sobre su monto.

Fuente: Frank Saavedra, “Abelardo de la Espriella anunció recortes en subsidios y exenciones tributarias: cuáles se afectarían según expertos”, Infobae Colombia, 16 de octubre de 2026. El resumen y el comentario son de GlobalContable.

Ponencia negativa en la comisión de tercera de cámara, hunde la reforma tributaria.

Ponencia negativa en la comisión de tercera de cámara, hunde la reforma tributaria

 

Noticia de último momento, se hunde la reforma tributaria, con la cual se pretendía aumentar el recaudo de impuestos. 

 

Garcés destacó que no respaldaría un proyecto que, en su opinión, busca desmantelar el sector minero-energético. Criticó que los impuestos eliminados a pequeñas y medianas empresas no compensan las nuevas cargas tributarias planteadas en la propuesta del exministro Ricardo Bonilla. También expresó su desacuerdo con la reducción en el monto de recaudo, que pasó de los 12 billones iniciales a una cifra menor.

El Gobierno había presionado para que la reforma se aprobara, argumentando que su fracaso afectaría programas clave para el siguiente año. El ministro de Educación, Daniel Rojas, llegó a condicionar los giros del Icetex al éxito de esta iniciativa. Aunque se intentó reabrir la votación en el Senado debido a una confusión, la reforma terminó hundiéndose, y varios senadores dejaron constancia de su voto negativo.

El director de Planeación Nacional, Alexander López, calificó la decisión como un golpe a las clases más vulnerables y medias del país, afirmando que impactaría el presupuesto de inversión, dejando sin recursos a la mayoría de los sectores. Por su parte, Olga Lucía Velásquez, de Alianza Verde, lamentó que las ponencias de archivo respondieran al proyecto original y no a su versión modificada, la cual buscaba incluir beneficios tributarios.

Desde el principio, la iniciativa enfrentó un panorama desfavorable, especialmente tras el rechazo anunciado por los partidos Liberal, Conservador, Centro Democrático y Cambio Radical, lo que hacía inviable su aprobación. Incluso el cambio en el Ministerio de Hacienda, con la salida de Ricardo Bonilla y la llegada de Diego Guevara, no logró salvar el proyecto.

Finalmente, el Partido Cambio Radical reafirmó su oposición, argumentando que el proyecto perjudicaba a los colombianos. Según su comunicado, la reforma tributaria de 2022 ya había tenido resultados negativos, como la paralización económica, menor recaudo y un incremento en los colombianos que trasladan su residencia fiscal al extranjero. El presidente del Congreso, Efraín Cepeda, también criticó la postura del Gobierno, señalando que sus reformas dificultan la producción, desincentivan la inversión y promueven la informalidad.

 

 

Fuente:

Actualidad Tributaria Semanal

Grupo de Estudios Tributarios de Colombia

Disponible en https://bit.ly/3yx0JCC

Matriz Normativa (ver o participar)

Grupo de Estudios Tributarios de Colombia. Los jueves de 7 a 9 pm en www.globalcontable.com/grupo

Reforma Tributaria 2022 a un paso de ser sancionada como Ley.

El día de ayer 03 de noviembre de 2022, fue aprobada en plenarias de Cámara de Representantes el texto de reforma tributaria, logrando los debates ante las comisiones terceras conjuntas,  Plenaria del senado y el de  cámara de representantes necesarios para finalmente la firma del presidente de la republica la cual  sancionará la ley.

 

Información de interés colectivo

 

1. Aprobación en la disminución de sanciones en información exógena:

Los nuevos porcentajes son*:
a. No suministrar información de medios magnéticos  1% (Antes de la R.T 5%)
b. Envío de medios magnéticos  con errores 0,7% (Antes de la R.T 4%)
c. Envío de medios magnéticos en periodos  extemporáneos 0,5% (Antes de la R.T 3%)

Importante para Empresarios y Contadores:

Antes de la notificación del pliego de cargos, se permitirá reducir la sanción en un 90% (Antes de la R.T  80%), la sanción por enviar información no podrá ser superior a 7.500 UVT (Antes de la R.T. 15.000).

Los responsables del impuesto sobre las ventas que presenten dentro de los 4 meses siguientes a la vigencia de la Reforma Tributaria las declaraciones de IVA que al 30 de noviembre de 2022 se consideren sin efecto legal por presentaciones en diferente periodicidad al obligado por la norma, no estarán obligados a liquidar y pagar sanción por presentar fuera de tiempo (Extemporaneidad).

Para las demás declaraciones, permitirá disminuir en un 50% la sanción de extemporaneidad con fecha limite al 31 de mayo de 2023 en la presentación y pago de las obligaciones fiscales, en caso de realizarse un acuerdo de pago este deberá pagarse con plazo máximo del 30 de junio de 2023.