Valorar Activos disminuye el Valor de las Empresas

geralt / Pixabay

Por: Juan Fernando Mejia (www.globalcontable.com/perfil).

Introducción:

Debe tenerse cuidado con la sobrevaloración de los activos en el Estado de Situación Financiera de Apertura, pues muchos incluso están incluyendo la Burbuja Inmobiliaria en sus balances con nefastas consecuencias futuras en las finanzas de la entidad y en los aspectos tribtarios.

El valor razonable o costo revaluado se convierte en un “Costo atribuido”. Esto singifica que estos bienes deben depreciarse nuevamente y su depreciación posterior afectará las utilidades comerciales, pero no las utilidades fiscales. La rentabilidad futura de las empresas se verá entonces reducida.

Sobrevalorar activos es uno de los principales errores que están cometiendo muchas entidades en Colombia en el Balance de Apertura con la falsa creencia que así se valora la empresa, cuando en realidad esto deteriora los indicadores financieros como los de apalancamiento.

Incluso a las iglesias les están diciendo que “tienen” que valorar los templos católicos, cuando en realidad ni mercado activo tienen. Cuidado con la especulación porque en ese caso las NIIF son claras en que ni siquiera se requiere un avalúo. Es esto “terrorismo contable”?

Otro de los errores comunes es valorar muebles en el ESFA, uno por uno, especialmente en entidades con amplia cantidad de esto bienes cuando esto es innecesario bajo NIIF.

En este artículo se incluye un modelo de política contable usado por multinacionales que solo valoran los bienes inmuebles (sin incluir la burbuja inmobiliaria) y no valoran los bienes muebles por razones como la inmaterialidad y la relación costo beneficio.

¿Por qué los avalúos de activos minoran el valor de las empresas?

Es común pensar que valorar activos de Propiedades, Planta y Equipo significa que la empresa valdrá más, cuando financieramente es exactamente lo contrario.

Si comparamos a Coca-Cola con Microsoft, la segunda tiene un mayor valor en la bolsa y sus indicadores son mejores porque necesita menos activos para producir un determinado nivel de ingresos.

Supóngase que en el año anterior, las utilidades y los activos de ambas compañías son los siguientes:

[styled_table]

Entidad Utilidad Activos ROA= Utilidad/Activos
Coca-Cola 20.000 400.000 5%
Microsoft 6.000 60.000 10%

Puede verse que la empresa con mayor valor es la que tiene menos activos.

En las licitaciones públicas no se mide el valor de los activos, sino los indicadores financieros clave, entre ellos el ROA. Entre más activos tenga una entidad y menos ingresos relativos, menos valor genera.

El párrafo OB7 del Marco Conceptual de las NIIF especifica que las NIIF no se hicieron para valorar la empresa.

Cuando se va a valorar una empresa, se usa el método de los flujos de caja descontados, no el valor de sus activos.

Puede afirmarse que entre más se valoren los activos de una empresa, menos valor tiene esta porque los indicadores financieros desmejoran.

La NIC 16 permite, pero no obliga a valorar a activos (párrafo 29) y las NIIF PYMES permiten, desde el 2015 el reconocimiento del costo revaluado. En países como los Estados Unidos, los USGAAP prohiben la revaluación del costo.

Por ejemplo, si una entidad sobrevalora los inmuebles en el Balance (Estado de Situación Financiera de Apertura), este valor razonable se convierte en un costo atribuido, lo cual significa que debe volver a depreciar estos bienes.

La depreciación futura afecta las utilidades comerciales, pero no las utilidades fiscales y ello conlleva a dificultades de apalancamiento e indicadores financieros desmejorados.

Los siguientes ejercicios ayudan a comprender mejor el tema.

Ejercicio 1: Sobrevaloración de activos en el ESFA y ¿Qué significa que exista un periodo de transición?

El Periodo de Transición es aquel en el cual se pueden hacer correcciones del ESFA, afectando el Estado de Resultados, sin que esas utilidades (o pérdidas) sean aún las oficiales. Ese periodo es el 2014 para el Grupo 1 y el 2015 para el Grupo II. El siguiente ejercicio ilustra el tema:

Una entidad tiene un edificio totalmente depreciado y lo SOBREVALORA en el ESA.
Según el perito, este bien vale 5.000 mil millones, sin advertir la Burbuja Inmobiliaria existente en el país.

La entidad pensó, erradamente, que esa nueva depreciación financiera se la aceptarían fiscalmente algún día.

A enero 1 de 2015 (Fecha de Transición para el Grupo 2) hizo el siguiente registro contable (en millones):

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Note que todos los ajustes son en el PATRIMONIO en la Fecha de Transición (1 de enero de 2015, para el Grupo II, Microempresas).

Cuenta Concepto Débitos Crédito
Para reconocer nuevamente un bien total o parcialmente depreciado bajo normas locales.
1516.97 Propiedades, Planta y Equipo 5,000
3705XX.97 Utilidades Retenidas (ajustes adopción por primea vez) 5,000

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Durante 2015 que es el “Periodo de Transición” inicia la depreciación de ese bien en sus estados financieros “paralelos” y se da cuenta que depreciar nuevamente este activo afectará gravemente las utilidades comerciales sin que esa nueva depreciación vaya a ser aceptada fiscalmente ni en el periodo de transición ni después del mismo.

En ese el “Periodo de Transición” (2015) la entidad puede corregir, pero afectando los resultados (NIIF 1, p 16 y NIIF PYMES, Sección 35).

La corrección se hizo así:

  1. A inicios del 2016, antes de reportar los estados financieros de 2015 (Periodo de transición) hizo una “nota aclaratoria” al peritazgo con el fin de poder reducir nuevamente el activo a 3.000
  2. Hizo el siguiente registro contable antes de diciembre 31 de 2015 (“Periodo de Transición”)

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Cuenta Concepto Débitos Crédito
Para corregir durante el periodo de transición.
Note que los ajustes afectarán el estado de resultados de 2015, PERO las utilidades de 2015 todavía no se reparten bajo IFRS, pues ese es el “Periodo de Transición” para el Grupo II.
1516.97 Propiedades, Planta y Equipo 2.000
5XX.97 Pérdida x Baja en Cuentas 2.000

[/styled_table]

En el “Periodo de Aplicación” (años 2016 y siguientes para el grupo II) se depreciará nuevamente el activo, pero sobre un SALDO de 3.000. Estos nuevos resultados serán los OFICIALES para todos los efectos, excepto para fines fiscales (tributarios).

La valoración de intangibles

La NIC 38 en el párrafo 78 y las NIIF PYMES señalan que normalmente no deben valorarse intangibles dado que no existen mercados activos.

Por ejemplo, si una empresa posee una base de datos de clientes, fromada internamente, es conveniente no valorizarla aunque este sea su “activo” más importante. Esto porque valorar el bien intangible aumenta el valor del denominador en el ROI y esto disminuye el valor de la entidad.

Además, la valoración del conocimiento, las marcas y otros aspectos es bastante subjetivo.

Conclusión: No deben sobrevalorarse los inmuebles en el periodo de transición, menos cuando existe una Burbuja Inmobiliaria. Los bancos le prestan a las entidades según su flujo de caja mensual, no porque tengan sobrevalorados sus inmuebles en el Balance de Apertura.

La valoración podría estar en las notas a los estados financieros en lugar de poner en riesgo la rentabilidad futura de la empresa, pues todo avalúo que se haga en el ESFA implica volver a depreciar estos bienes, afectando las utilidades comerciales, sin que fiscalmente ello vaya a ser deducible.

La administración de impuestos se demorará 4 años para evaluar impactos de los IFRS y estudiar qué normas emitir en su momento que ayuden a un mayor recaudo, no se emitirán normas que impliquen menos pagos de impuestos, tales como volver a depreciar activos totalmente depreciados. Las nuevas depreciaciones bajo IFRS no serán deducibles.

Por eso muchas empresas, como Ecopetrol, prefirieron eliminar la cuenta de valorizaciones (cuenta 1910, contra la cuenta 3810) y ver así su patrimonio disminuido, en lugar de volver a depreciar estos bienes a futuro afectando su rentabilidad comercial posterior. Esto tampoco afecta la relación con entidades financieras, puesto que estas observan realmente el valor de los flujos de caja mensuales, como lo explica el siguiente ejercicio.

Ejercicio 2. Sobrevalorar los activos en el Estado de Situación Financiera de Apertura ayudará a las empresas a que los bancos le presten más?

Suponga que:

Las empresas A, B y C tienen cada una finca totalmente depreciada, con valor comercial de 30 mil millones de pesos.

  • La empresa A incluye en su ESFA los 30 mil millones, pero aparece en una base de datos (datacrédito) por problemas de pago y tiene fama de no ser cumplida.
  • La empresa B incluye en su ESFA los 30 mil millones, pero tiene una excelente calificación crediticia y además tiene muy buen flujo de caja.
  • La empresa C no incluye en el ESFA los 30 mil millones y también tiene una excelente calificación crediticia y además tiene muy buen flujo de caja.

· ¿Qué factores observa un banco para prestar y qué orden?. En el momento de conceder un crédito, la entidad financiera evalúa:

  1. El riesgo de crédito: por ello la empresa A no es un buen candidato para obtener préstamos)
  2. El flujo de caja mensual: por ello tanto la empresa A como la B pueden obtener créditos. El banco valorará el bien el día del préstamo y no por ello debe incluirse una sobrevaloración desde el momento del ESFA, pues esto afectará negativamente a la entidad en cuanto a su aplancamiento financiero futuro.
  3. Tener inmuebles sin hipotecas, estén o no en un balance (pues lo que importa es la propiedad legal)

Se concluye que los bancos no tiene como negocio prestar y quedarse con bienes inmuebles, sino lograr el pago, por lo tanto, le prestan tanto a la empresa B, como la C, sin embargo, la empresa B tendrá problemas en resultados futuros al depreciar nuevamente el bien

¿Cuál de las dos entidades, B ó C verán más afectadas sus utilidades futuras?: La entidad B tendrá menos rentabilidad porque estará depreciando nuevamente un activo que ya había depreciado, sin que fiscalmente le vayan a aceptar esos valores como “gastos deducibles”, mientras que la entidad C mostrará mejores resultados dado que ya se había apalancado en periodos anteriores cuando depreció ese bien en 20 años.

El banco enviará su perito el día que se vaya a hacer el préstamo y ese día se valorará el bien, común y corriente, sin que haya sido necesario incluirlo desde el presente. El terrorismo contable suele usar este argumento diciendo que supuestamente los bancos no le prestarán a las entidades sino valoraran los bienes en el ESFA, si no le incluyen además la Burbuja Inmobiliaria existente en el país.

Ejercicio 3: Efecto sobre los márgenes futuros

Una compañía avícola, entidad cerrada (entidad familiar, como el 99% de las empresas que no alcanzar a ser “PYMES” en el contexto internacional), se exagera en el balance de apertura sobrevalorando activos que luego debe volver a depreciar, afectando sus utilidades comerciales, sin que fiscalmente esto vaya a ser deducible. Actualmente el margen que se gana por cada kilo vendido es de $1.000. A futuro, se espera que las nuevas depreciaciones suban el costo de 2.800 a 3.350, generando grandes pérdidas. Las utilidades bajarán a $150 por unidad, antes de impuestos. Como los impuestos se calculan sobre los mismos $1.000, que es la utilidad fiscal, la entidad tendría que ser cerrada si se sobrevaloran activos en el ESFA.

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Hoy Futuro NIIF
Ingresos 3800 3500
Gastos 2800 3350
Margen (Utilidad Antes de Impuestos) UCAI 1000 150
Impuesto Renta 340 340
Utilidad después de Impuestos (UDI) 660 -190

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Los 340 son el 34% de la utilidad fiscal, los cuales se seguirán calculando segun normas tributarias (es decir, no cambiará la Renta Líquida Gravable por la nueva depreciación de activos.

En este caso, la entidad debe cerrar sus operaciones futuras si se exagera valorizando en el balance de apertura.

Conclusión: Las NIIF no se hicieron para valorar las empresas como en algunos casos se cree (Párrafo OB7 del Marco Conceptual 2010). No deben inflarse los activos en el ESFA para evitar consecuencias negativas futuras.

Las entidades de servicios públicos domiciliarios NO deben valorar bienes en concesión

Uno de los errores más comunes en las políticas contables de entidades que prestan servicios públicos domiciliarios como aseo, acueducto o energía eléctirca es la valoración de los bienes que tienen en concesión.

Según la NIIF 1, párrafo D8, estas entidades no deben valorar este tipo de bienes que usan o que han construido con recursos de terceros porque su depreciación posterior bajaría el margen económico. Debe recordarse que estas entidades están sujetas a regulación de tarifas. Esto significa que no pueden cobrar un mayor precio por el hecho de tener unas utilidades inferiores, producto de volver a depreciar máquinas y redes construidas con dineros de terceros. En ese sentido, la nueva depreciación no será remunerada por el Estado.

Sin embargo hay varias entidades sujetas a regulación de tarifas que han valorado este tipo de bienes, lo cual es una política contable incorrecta por ele fecto futuro de volverlos a depreciar y el efecto actual en sus indicadores financieros.

No debe olvidarse que este tipo de activos no son controlados por la entidad, sino que son administrados. Y no son controlados porque no pueden ser vendidos y además generan gastos importantes que prácticamente compensan los ingresos que producen.

Los bienes muebles no se valoran en el ESFA

Uno de los principales errores cometidos por las entidades en el ESFA es valorar bienes mueble. Ninguna multinacional hace esto. Por ejemplo, si se tienen 100 sillas, valorarlas implica llevar 100 contabilidades diferentes, toda vez que esto implica volverlas a depreciar con una nueva vida útil, para fines financieros. Pero tributariamente no se acepta esta nueva valoración ni esta nueva depreciación.

Por ejemplo, valorar un comptuador que está totalmente depreciado es algo innecesario, pues aunque se está usando, es inmaterial volverlo a reconocer en el ESFA.

Un ejemplo es el siguiente:

Una entidad tiene de 800 computadores comprados en diferentes fechas, con diferentes marcas, con diferente memoria RAM y disco duro.

Algunas entidades cometen el error de devolverse a buscar el costo, los descuentos en la compra y otros datos históricos de cada bien mueble, en una clara interpretación del estándar internacional. Otras optan por valorar de nuevo, uno a uno, estos equipos, lo cual está en contra del Objetivo Fundamental de la “Materialidad” (el otro Objetivo Fundamental es la Representación Fiel).

Si la entidad desea valorar bienes muebles, no es necesario hacerlo retroactivo porque para ello se creó la exención del Valor Razonable como Costo. Esto significa que deber partir de un valor razonable (es decir el valor de venta aproximado en la fecha de transición) de cada equipo y tomar este valor como “costo” atribuido en el momento del balance de apertura e iniciar nuevamente una depreciación, con una nueva vida útil, que no será deducible fiscalmente

Es decir que si la entida quiere valorar bienes muebles puede usar una cotización, un precio de una página web, entre otros y partir de un EN PROMEDIO de precio de venta.

En el caso del ejercicio, si un computador usado puede venderse en PROMEDIO en 300.000, esto equivaldría a un total 240 millones (800 computadores a $300.000). Pero este valor sería para cada computador sin discriminar asuntos inmateriales como por ejemplo que unos tienen un poco de memoria RAM más que otros, pues ello es inmaterial.

Ahora bine, si los activos de la empresa son 19.000 millones, estos 240 millones sólo representan el 0.12% del total del activo y por lo tanto no vale la pena valorar ese tipo de bienes.

La entidad puede optar por no hacer ningún ajuste a este tipo de bienes y justificarlo, como lo hacen las multinacionales, en una Política para no Valorar bienes muebles que se sustenta en la materialidad, la relación costo beneficio y otros aspectos que pueden verse en este enlace que contiene un ejemplo de política contable para adaptar a cualquier tipo de empresa.

Las conclusiones son simples:

  1. Los bienes muebles no se valoran en el Balance de Apertura a IFRS. Puede tenerse un inventario detallado extracontablemente si se desea, pero volverlos a valorar solo genera altos costos y nuevas depreciaciones que fiscalmente no serán aceptadas y esto conlleva a dos cifras (libros), unas contables y otras fiscales, con lo que simplemente ninguna multinacional se complica, pues es un lugar crean una política contable para justificar no valorar este tipo de bienes.
  2. Las maquinarias no se valoran porque normalmente tienden a perder valor y no se deprecian bajo NIIF más allá de 10 años porque el constante cambio tecnológico no lo justifica.
  3. Los edificios sí se valoran, pero no se incluye la Burbuja Inmobiliaria, es decir, se tiene cuidado de no sobrevalorarlos porque esto disminuye los indicadores como el ROA (Retorno sobre los activos) y normalmente se deja un valor residual tan grande como el mismo avalúo, para evitar depreciarlos a futuro, como bien lo indica la NIC 16 en su párrafo 54 (y las NIIF PYMES).

Saludos cordiales,

Juan Fernando Mejía

Universidad Javeriana: mejia_j@javeriana.edu.co
Universidad Complutense de Madrid: juanmeji@ucm.es
GlobalContable: jmejia@globalcontable.com

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