Oficio 015296 del 01-09-2026. Régimen SIMPLE. Contrato de mandato. Atribución de ingresos, retenciones, IVA, facturación e información exógena.
Problema jurídico: ¿Modifica la pertenencia del mandante o del mandatario al Régimen SIMPLE las reglas tributarias propias del contrato de mandato?
Tesis jurídica: No. Porque los ingresos del negocio encomendado corresponden al mandante (que, si es del SIMPLE, los integra a su base gravable sin detraer costos) y el mandatario solo reconoce como propia su remuneración; las retenciones a título de renta y de IVA que practica el mandatario se determinan por la calidad del mandante, incluida la del num. 9 del art. 437-2 del E.T. cuando el mandante responsable de IVA compra a otro contribuyente del SIMPLE; la remuneración del mandatario del SIMPLE no se somete a retención y la del mandatario del régimen ordinario que sirve a un mandante del SIMPLE se autorretiene; el mandatario factura, certifica al mandante y reporta la exógena del mandato, conforme a los arts. 437-2, 904 y 911 del E.T., a los arts. 1.2.4.11 y 1.6.1.4.9 del Decreto 1625 de 2016 y a la Resolución DIAN 000227 de 2025.

