Concepto 015291 del 01-09-2026. Renta. Beneficio de auditoría en declaraciones que compensan pérdidas fiscales.
Problema jurídico: ¿Puede acogerse al beneficio de auditoría del art. 689-3 del E.T. una declaración de renta en la que se compensen pérdidas fiscales de periodos anteriores?
Tesis jurídica: Sí. Porque el legislador no excluyó ni limitó el beneficio para esas declaraciones y no existe antinomia con el término de firmeza de cinco años del art. 147 del E.T., que rige las declaraciones que compensan pérdidas sin reunir los requisitos del beneficio; en todo caso la DIAN conserva la facultad de fiscalizar la pérdida en la declaración que la originó dentro de su propia firmeza y, de rechazarla, liquidar la renta líquida por recuperación de deducciones, conforme a los arts. 147, 199 y 689-3 del E.T. y a la sentencia del Consejo de Estado del 21-02-2019, exp. 18912.

