Resolución 00093 de 21-02-2025: Dian Habilita el formulario V9 el Recibo Oficial de Pago de Tributos Aduaneros y Sanciones Cambiarias

Resolución 00093 de 21-02-2025: Dian Habilita el formulario V9 el Recibo Oficial de Pago de Tributos Aduaneros y Sanciones Cambiarias 

Para recaudar el Impuesto Especial para el Catatumbo establecida en el Decreto 175 de 14 de febrero de 2025 «Por el cual se adoptan medidas tributarias destinadas a atender los gastos del Presupuesto General de la Nación necesarios para hacer frente al estado de conmoción interior decretado en la Región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del Departamento del Cesar».

Concepto 16 de 8-01-2025: Retención y anticipos en obras por impuestos

Concepto 16 de 8-01-2025: Retención y anticipos en obras por impuestos

Problema jurídico: ¿Para efectos de la aplicación del mecanismo de pago de obras por impuestos consagrado en el artículo 238 de la Ley 1819 de 2016, las retenciones y anticipos se pueden acreditar para hacer parte del monto del impuesto sobre la renta a cargo que el contribuyente debe pagar?

Respuesta (Tesis jurídica): Para efectos de la aplicación del mecanismo de pago de obras por impuestos consagrado en el artículo 238 de la Ley 1819 de 2016, las retenciones y anticipos no se pueden tener en cuenta para acreditar el pago del monto del impuesto a cargo.

Concepto 70 de 17-01-2025: Base Gravable Especial de IVA en Servicios Integrales de Aseo y Cafetería y Rentas Exentas

Concepto 70 de 17-01-2025: Base Gravable Especial de IVA en Servicios Integrales de Aseo y Cafetería y Rentas Exentas

Problema jurídico: En atención a su consulta relacionada con la continuidad del beneficio de renta exenta para inversiones en el sector agropecuario de que trataba el numeral 2 del artículo 235-2 del ET, otorgado antes de la entrada en vigencia de la Ley 2277 de 2022.

Respuesta (Tesis jurídica): Sí. Si la sociedad ha consolidado una situación jurídica y continúa cumpliendo los requisitos previstos en la normativa, podrá seguir accediendo al beneficio tributario durante el término inicialmente previsto.

Esto en virtud del párrafo final del artículo 96 de la Ley 2277 de 2022 y el  Concepto 003051 int 323 de 2023.

Concepto 073 de 20-01-2025: Facturación Electrónica en Exportaciones

Concepto 073 de 20-01-2025: Facturación Electrónica en Exportaciones

Problema jurídico: En una operación de exportación con ocasión de una venta de bienes pactada bajo los términos de negociación INCOTERM: EXW (Ex Works)

 o FCA (Free Carrier), en los que su nota característica es el menor grado de injerencia y/o responsabilidad del vendedor respecto de ciertos aspectos de la operación como: la entrega de las mercancías, riesgos, gastos y trámites de documentos aduaneros, entre otros, ¿se encuentra eximido el vendedor nacional de cumplir con su obligación formal de expedir factura electrónica de venta en la que se discrimine el Impuesto sobre las Ventas (IVA) con la correspondiente tarifa aplicable a los bienes objeto de venta que se encuentren gravados con este impuesto?

Respuesta (Tesis jurídica): No. Basado en los términos del artículo 1.6.1.4.17 del Decreto 1625 de 2016, en concordancia con el Descriptor 1.1.17.2 del Concepto Unificado No. 0106 del 19 de agosto de y el numeral 13 del artículo 11 de la Resolución DIAN 00165 del 01/11/2023, en las operaciones de exportación con ocasión de una venta internacional de bienes SÍ se debe expedir factura electrónica de venta en la que se discrimine el Impuesto sobre las Ventas – IVA con la correspondiente tarifa aplicable.

Concepto 076 de 20-01-2025: Estampilla Pro Universidad

Concepto 076 de 20-01-2025: Estampilla Pro Universidad

Problema jurídico: ¿La Estampilla Pro Universidad Nacional debe causarse en los contratos interadministrativos de obra pública celebrados entre una entidad pública y una empresa de servicios públicos mixtos?

Respuesta (Tesis jurídica): Sí. Según lo establecido en el artículo 5 de la Ley 1697 de 20 de diciembre de 2013; La Estampilla Pro Universidad Nacional se causa en los contratos de obra pública celebrados a título de contrato interadministrativo. La obligación de retener el tributo corresponde a la entidad pública que financia el proyecto.

Concepto 077 de 20-01-2025: Obligación a Declarar Renta para no Residentes

Concepto 077 de 20-01-2025: Obligación a Declarar Renta para no Residentes

Problema jurídico: ¿es aplicable el numeral 2 del artículo 592 del ET a las personas naturales no residentes?

Respuesta (Tesis jurídica): Sí. En virtud que el numeral 2 del artículo 592 del ET establece que las personas naturales no residentes no declaran renta si: posee patrimonio sin haber obtenido en el respectivo año gravable ingresos en el país sobre los cuales se haya practicado retención en la fuente según los conceptos previstos en los artículos 407 a 411 del ET.

Concepto 079 de 21-01-2025: Adición al Concepto 106 de Facturación Electrónica

Concepto 079 de 21-01-2025: Adición al Concepto 106 de Facturación Electrónica

Problema jurídico: ¿La venta de recargas que realizan los proveedores de servicios de telecomunicaciones a los intermediarios, y estos a su vez, a los consumidores finales se debe facturar?

Respuesta (Tesis jurídica): tratándose de la venta de recargas, existe certeza sobre la naturaleza y valor de la operación, y de esta manera es posible que en la factura de venta se refleje la integridad y realidad económica de la operación, que para efectos tributarios es la finalidad de este documento.

En los anteriores términos se adiciona el Concepto Unificado No. 0106 del 19 de agosto de 2022, DESCRIPTOR 1.2.1.27.1: LA OBLIGACIÓN DE FACTURAR VENTA DE RECARGAS DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.

Concepto 080 de 21-01-2025: Retención en la Fuente

Concepto 080 de 21-01-2025: Retención en la Fuente 

Problema jurídico: ¿Cuáles fiscales de la Fiscalía General de la Nación están incluidos en el beneficio del 50% de rentas exentas por concepto de gastos de representación, conforme al numeral 7 del artículo 206 del ET?

Respuesta (Tesis jurídica): Según lo previsto en el numeral 7 del artículo 206 del ET, aplica a los Fiscales Delegados ante cualquier tribunal, entendidos estos como corporaciones colegiadas de justicia, tales como los Tribunales Superiores de Distrito Judicial y la Corte Suprema de Justicia. Este beneficio no se extiende a los fiscales que actúan ante jueces municipales, promiscuos o de circuito, ni a los fiscales con funciones administrativas, como el Fiscal General o el Vicefiscal General de la Nación.

Concepto 087 de 23-01-2025: Contribución Especial

Concepto 087 de 23-01-2025: Contribución Especial

Problema jurídico: ¿Cuál es la interpretación en materia tributaria de la expresión “recaudo bruto” contenida en el artículo 120 de la Ley 418 de 1997 modificado por el artículo 6 de la Ley 1106 de 2006, como base gravable para liquidar la Contribución Especial de Seguridad en contratos de concesión con diferentes fuentes de ingresos?

Respuesta (Tesis jurídica): De acuerdo al artículo 120 de la Ley 418 de 1997 modificado por el artículo 6 de la Ley 1106 de 2006 y según el Oficio DIAN No. 080095 de 2013; La expresión “recaudo bruto” debe entenderse como el total de los ingresos percibidos por el concesionario, sin aplicar deducción o retención alguna, provenientes de todas las fuentes relacionadas con la concesión, incluidos en el contrato de concesión.

Concepto 089 de 21-01-2025: Régimen Tributario Especial Cooperativas

Concepto 089 de 21-01-2025: Régimen Tributario Especial Cooperativas

Problema jurídico: Mediante el radicado de la referencia, el peticionario solicita la reconsideración del Oficio 032434 del 7 de noviembre de 2018, con base en los siguientes argumentos: entre otros: 

  1. i) La Ley 1314 de 2019 y el Decreto 2420 de 2015 aplica a las entidades de economía solidaria, por lo tanto, se constituye en el marco técnico normativo contable aplicable a las cooperativas.

iii) La reserva para la protección de aportes sociales (20%), el fondo de educación (20%), y fondo de solidaridad (10%) no debe constituirse con los excedentes provenientes de ingresos de terceros.

Respuesta (Tesis jurídica): Con base en el artículo 19-4 del ET alude a la totalidad del beneficio neto o excedente sin hacer mención de conceptos que se deban excluir, por lo que la totalidad del excedente, provenga o no de asociados, se constituye en la base gravable del impuesto sobre la renta; Por lo tanto, se confirma el Oficio No. 032434 del 7 de noviembre de 2018 y por lo tanto para efectos de establecer la base gravable del impuesto sobre la renta sobre la que tributan las entidades del sector cooperativo, se debe tomar la totalidad del excedente del ejercicio y no es posible excluir los excedentes provenientes de operaciones con público no afiliado.