Actualización Actividades Económicas, Códigos CIIU – Resolución 0114 de diciembre 21 de 2020

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, emite la Resolución 0114 de diciembre 21 de 2020, por la cual se Adopta la clasificación de las Actividades Económicas y sus notas explicativas:

A partir del 01 de enero de 2021, se deben actualizar las Actividades Económicas en el Rut, de acuerdo a la Resolución en mención, aplica para Personas Naturales y Personas Jurídicas.

Para realizar la Inscripción al Régimen Único Tributario RUT, se debe determinar el código CIIU tomando como base la Resolución 0114 de diciembre 21 de 2020.

Por último, nos permitimos resaltar que antes de finalizar el presente año 2020, la Unidad Administrativa Especial de la DIAN actualizara la clasificación de Actividades Económicas que entrara en vigencia a partir del 01 de enero de 2021, con el fin de que los inscritos y/o obligados a inscribirse en el RUT, lo tenga disponible para actualizar sus códigos y las obligaciones Tributarias a las que se encuentren inmersos de acuerdo a su actividad económica.

Resolución 0114 de diciembre 21 de 2020

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Decretan incentivos tributarios por el aprovechamiento de nuevas plantaciones Forestales – Decreto 1638 de dic 14 de 2020

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Al Ministerio de Hacienda y Crédito Público emite el Decreto 1638 de diciembre 14 de 2020, mediante el cual se establecen las condiciones y requerimientos documentales para acceder a la exención de renta para el sector Agrícola:

Se sustituyeron los artículos 1.2.1.22.19 y 1.2.1.22.20 del capitulo 22 del titulo 1 de la parte 2 del libro 1 del Decreto 1625 de 2016, único reglamentario en materia tributaria.

Se detallan las definiciones para la aplicación de las rentas exentas, previstas en el numeral 5 del articulo 235-2 del estatuto tributario.

Se modifican las tablas del grupo 2 y grupo 3, correspondientes al número de empleos directos con los que deben contar los beneficiarios de esta exención de cuerdo a monto de ingresos brutos fiscales determinados en UVT.

Para hacerse acreedor al beneficio de la exención del Impuesto de Renta se debe cumplir con una serie de requisitos documentales que se detallan en el Decreto que encontraran a continuación.

Decreto 1638 de diciembre 14 de 2020

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Información de tarifas y cuenta bancaria que deben reportar los municipios y distritos a la DIAN – Res. 0112 de dic 15 de 2020

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, emite la Resolución 0112 de diciembre de 2020, mediante la cual se establecen los requerimientos documentales e información de la cuenta bancaria en la cual deben ser girados los recursos correspondientes al impuesto de Industria y Comercio Consolidados.

Se establece el listado de los documentos, incluyendo las tarifas del Impuesto de Industria y Comercio, que deben remitir los Municipios y Distritos de Colombia a la DIAN, para que le sean girados los recursos correspondientes a este Impuesto.

Deben encontrarse actualizados el Rut y la firma electrónica por parte de los Municipios y Distritos.

Se debe diligenciar y presentar vía electrónica el formato 2634 correspondiente a las tarifas del Impuesto en mención.

También se debe presentar de forma electrónica el formato 2435 correspondiente a la Cuenta Bancaria a la cual se deben transferir los recursos correspondientes al Impuesto de Industria y Comercio de los diferentes Municipios y Distritos.

La información detallada la encontraran en la Resolución, que anexamos a continuación:

Resolución 0112 de 15 de dic de 2020

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Supersociedades. presentación de Estados Financieros y otros informes cierre 2020 – Circular Externa 100-000015

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La Super Intendencia de Sociedades emite la Circular Externa No. 100-000015 de 2020, mediante la cual da a conocer las directrices y fechas de presentación de los Estados Financieros y otros informes correspondientes a los entes económicos vigilados por esta Superintendencia.

Los Estados Financieros deben presentarse entre el 12 de abril y el 07 de mayo de 2020.

Estados Financieros Consolidados, que corresponden a Entidades Empresariales que sean Matrices o Controlantes, deben remitir esta información a mas tardar el 31 de mayo de 2020.

Entre otros.

La presentación de informe 42 – Prácticas Empresariales, deben ser presentados por los entes económicos obligados entre el 18 de mayo y el 31 de mayo de 2020.

Informe 52 – Programa de Transparencia y Ética Empresarial, deberá presentarse entre el 04 y el 11 de junio de 2020.

El informe 50, que corresponden a la prevención del lavado de activos LA/FT, será presentado por los obligados a partir del 21 y hasta el 25 de junio de 2020.

Al momento de la presentación de estos informes, la Super Intendencia de Sociedades requerirá una serie de documentos adicionales que son de obligatorio cumplimiento, y que se detallan en la Circular, texto que encontraran a continuación.

Supersociedades Circular Externa 100-00015 de 2020

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Valor UVT 2021. Resolución DIAN 000111 de 2020

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La Dian mediante Resolución 00111 del 11 de diciembre de 2020, establece el Valor de la Unidad de Valor Tributario para el año 2021 quedando en ($36.308) treinta y seis mil trescientos ocho pesos.

Ver Resolución 111 de 2020

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Calificación Grandes Contribuyentes año 2021 y 2022. Resolución DIAN 9061 de 2020

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La Dian mediante Resolución No. 9061 del 10 de diciembre de  2020 califican algunos contribuyentes, responsables o agentes de retención como grandes contribuyentes, para los años 2021 y 2022.

Es importante mencionar que los contribuyentes que se califican como grandes contribuyentes, adquieren la calidad de agentes de retención del impuesto sobre las ventas según el articulo 437 numeral segundo del Estatuto Tributario Nacional.

Ver Resolución 9061 de 2020

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Políticas Contables – Concepto 0901 de 2020 CTCP.

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El Consejo Técnico de la Contaduría Publica CTCP, emite el Concepto 0901 de 2020, mediante el cual se establece que no existe un modelo estándar de políticas contables para determinado ente económico:

“Son políticas contables los principios, bases, convenciones, reglas y procedimientos específicos adoptados por una entidad al preparar y presentar estados financieros.”

Para la creación de las políticas contables de cualquier ente económico, se deben tener en cuenta los siguientes aspectos:

  1. Reconocimiento.
  2. Medición.
  3. Revelación.
  4. Presentación.

Es importante tener en cuenta que no existe un modelo estándar que se pueda tomar como base para la creación de las políticas contables, ya que todo ente económico es diferente de otro.

Las políticas contables son creadas bajo los lineamientos que emanan las Normas de Información vigentes y aplicables a cada entidad, y estas son aprobadas por el máximo órgano de administración de la compañía.

Concepto 0901 de 2020 CTCP

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Reporte de Información por parte de la Sociedad Opain S.A. y Personas Naturales y/o Jurídicas que posean vínculos comerciales con dicha Sociedad – Resolución DDI 019373 de 2020.

La Secretaria de Hacienda Distrital emite la Resolución DDI 019373 de 2020, mediante la cual establece lo siguiente:

Se debe remitir a la Dirección de Impuestos de Bogotá, por parte de la Sociedad Opain S.A. La información relacionada en la Presente Resolución Articulo No. 1.

También relacionan la información que deben presentar las Personas Naturales y/o Jurídicas que posean un contrato de arrendamiento, uso, usufructo y otros, vigentes al 01 de enero de 2021, para con la sociedad Opain S.A.

Se establecen fechas y sitios de presentación, de la información que corresponde a cada uno de los entes económicos, según la presente Resolución.

Por último, también se hace referencia a las sanciones aplicables a las personas naturales y/o jurídicas que no presenten la información que les corresponde.

En el texto de la Resolución se encuentra de manera detallada la forma en la que se debe presentar la información que corresponde.

Resolución DDA 019373 de 2020

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Información a reportar por parte de los vendedores responsables y referente a los bienes vendidos en el tercer día sin IVA en Colombia – Resolución 0106 de Nov de 2020.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, emite la Resolución 0106 de noviembre de 2020, en la cual establece la información que deben reportar los vendedores responsables de las ventas de bienes efectuados el 21 de noviembre del año en curso:

La información debe ser reportada mediante el formato 2669 versión 2, de acuerdo a los parámetros que se enuncian en la presente Resolución.

El plazo máximo para reportar la información a la DIAN vence el próximo 01 de marzo de 2021.

De no presentarse la información en los tiempos establecidos para tal fin, se harán acreedores a la sanción correspondiente a la clausura del establecimiento de comercio, como se determina en el articulo 657 del Estatuto Tributario.

También se menciona que, de presentarse una contingencia por fallas en la plataforma tecnológica de la DIAN, esta informara con antelación los procedimientos y fechas en las cuales se deba presentar el informe del que trata la presente Resolución.

Resolución 0106 de nov de 2020

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Otorgamiento o retiro de la calificación de Gran Contribuyente – Resolución 0105 de 2020.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, expide la Resolución 0105 de 2020, mediante la cual establece los requisitos para otorgar o retirar la calificación de Gran Contribuyente:

Para obtener la calificación como Gran Contribuyente, estos deben por lo menos cumplir uno de los cuatro criterios que otorgan dicha calificación, y que se encuentran enumerados en la presente Resolución.

La vigencia de la Calificación de Gran Contribuyente tiene una duración de dos años fiscales según lo determina el Articulo 562 del Estatuto Tributario.

También puede retirarse esta Calificación, a los Grandes Contribuyentes que incurran en una de las cinco causales relacionadas en el documento.

Resolución 0105 de No. 23 de 2020.

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