Soporte de Pago Nómina Electrónica – Proyecto Resolución dic 2020 DIAN

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN expidió el Proyecto de Resolución correspondiente al Pago de la Nómina Electrónica, a implementarse en Colombia a partir del año 2021.

Además de la Normatividad General, encontraran el anexo técnico, en el cual se estipulan las condiciones de implementación.

El calendario establecido para tal fin, es el siguiente:

  1. Empresas con hasta 3 empleados: la fecha de habilitación es el 31 de marzo de 2021 y la fecha máxima de inicio de transmisión será el 31 de julio de 2021.
  2. Empresas de 4 a 10 empleados: la fecha de habilitación es el 31 de marzo de 2021 y la fecha máxima de inicio de transmisión será el 30 de junio de 2021.
  3. Empresas de 11 a 250 empleados: la fecha de habilitación es el 31 de marzo de 2021 y la fecha máxima de inicio de transmisión será el 31 de mayo de 2021.
  4. Empresas con más de 250 empleados: la fecha de habilitación es el 31 de marzo de 2021 y la fecha máxima de inicio de transmisión será el 30 de abril de 2021.
  5. Entidades del estado del orden nacional o territorial: la fecha de habilitación es el 31 de marzo de 2021 y la fecha máxima de inicio de transmisión será el 30 de junio de 2021.
  6. Sujetos no obligados a expedir factura electrónica de venta: la fecha de habilitación es el 31 de enero de 2022 y la fecha máxima de inicio de transmisión será el 31 de marzo de 2022.
  7. Nuevos sujetos que deban generar el documento soporte de pago de nómina electrónica y las notas de ajuste como soporte para la solicitud de costos y deducciones en el impuesto sobre la renta y complementarios e impuestos descontables en Impuesto Sobre las Ventas (IVA). Cuentan con un plazo de 2 meses, contados a partir de la realización de los pagos o abonos en cuenta derivados de una vinculación laboral legal o reglamentaria con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente resolución, para el inicio del procedimiento de habilitación para la transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica y las notas de ajuste al citado documento y la fecha máxima para iniciar la citada transmisión.

El texto del Proyecto de Resolución lo encontraran en el siguiente link:

Proyecto de Resolución – Nómina Electrónica

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SHD Aplazan vencimiento y pagos del ICA anual y ReteICA sexto bimestre de 2020

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La Secretaria Distrital de Hacienda informa mediante comunicado emitido el día de hoy 14 de enero de 2021:

Aplazamiento de las fechas para la presentación y pago de los impuestos de:

Impuesto de Industria y Comercio pasa del 15 de enero de 2021 para el 19 de marzo de 2021.

El ReteICA correspondiente al sexto bimestre de 2020, pasa de enero 22 a enero 29 de 2021.

El texto del comunicado mediante el cual la SDH, realiza estas modificaciones lo encontraran en el siguiente link:

Comunicado SHD enero 14 de 2021

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Concepto 1154 del CTCP – Estados Financieros con cierre diferente a 31 de dic

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El Consejo Técnico de la Contaduría Pública emite el Concepto 1154 de diciembre de 2020, mediante el cual establece que los estados financieros se deben emitir como mínimo una vez al año, con fecha de corte diciembre 31, según:

La NIC 1 párrafo 7 a que se refiere el Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 define los estados financieros de propósito de información general como: “…aquellos que pretenden cubrir las necesidades de usuarios que no están en condiciones de exigir informes a la medida de sus necesidades específicas de información”.

Con respecto a la frecuencia de la información, establece la norma en el párrafo 36 lo siguiente:

“Una entidad presentará un juego completo de estados financieros (incluyendo información comparativa) al menos anualmente. Cuando una entidad cambie el cierre del periodo sobre el que informa y presente los estados financieros para un periodo contable superior o inferior a un año: revelará, además del periodo cubierto por los estados financieros:

(a) la razón para utilizar un periodo de duración inferior o superior; y (b) el hecho de que los importes presentados en los estados financieros no son totalmente comparables.

En el evento en que se requiera emitir estados financieros con cortes diferentes a 31 de diciembre, por requerimiento estatutario, estos se pueden emitir sin dejar de emitir los del corte a diciembre 31.

Por último, de llegarse a tratar de una sociedad en proceso de liquidación, los estados financieros se deben emitir a la fecha que fue acordada por la asamblea y que corresponderá al cierre de la sociedad.

El documento emitido por la CTCP, lo encontraran en el siguiente link.

Concepto 1154 del CTCP

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Inscripción Régimen Simple de Tributación – RST

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, invita a los contribuyentes interesados a inscribirse en el RST, a consultar su página web y acceder al paso a paso para la inscripción:

Entre el 18 y el 29 de enero de 2021, la DIAN en alianza con la Secretaria de Hacienda de las ciudades de Bogotá y Medellín, realizarán la Feria Virtual RST, en la cual atenderán las solicitudes de los contribuyentes interesados en inscribirse al Régimen Simple de Tributación.

Para los contribuyentes ubicados en ciudades diferentes a Bogotá y Medellín, y que se encuentren interesados en realizar el cambio del Régimen Tributario Ordinario al Régimen Simple de Tributación, en el siguiente link encontraran el instructivo que les ayudara a efectuar la solicitud, ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN.

Instructivo Régimen Simple de Tributación – RST

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Calendario Tributario SDH – Resolución 000593 de dic 29 de 2020

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La Secretaria Distrital de Hacienda y Crédito Publico emite la Resolución 000593 de dic 29 de 2020, mediante la cual establece las fechas de vencimiento de los impuestos Distritales.

Los Contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio deberán liquidarlo Bimestralmente y cancelarlo de acuerdo a las fechas establecidas en el calendario tributario de la SDH.

Ejemplo para los contribuyentes cuyo Nit finalice con el número 9, y para el impuesto correspondiente al primer bimestre, la fecha de pago de este impuesto será el 14 de abril de 2021.

Las fechas de pago del impuesto Predial Unificado se establecen entre el 15 y el 23 de abril de 2021, otorgando el 10% de descuento.

Así mismo el pago del Impuestos sobre Vehículos Automotores con aplicación del descuento del 10% se encuentra establecido entre el 07 y el 14 de mayo de 2021.

El detalle de las fechas de pago de los impuestos distritales lo encontraran en el siguiente link.

Resolución 000593 de dic 29 de 2020 SDH

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Actualización a la Normativa de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo – Circular Externa 100-000016 de dic24 de 2020

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La Super Intendencia de Sociedades emite la Circular Externa 100-000016 de dic24 de 2020, mediante la cual se actualiza la Normativa correspondiente a Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, correspondiente al capítulo X de la circular básica jurídica de 2017.

El Capítulo X de la Circular Básica Jurídica (Circular Externa No. 100-000005 del 22 de noviembre de 2017), que corresponde al AUTOCONTROL Y GESTIÓN DEL RIESGO INTEGRAL LA/FT/FPADM Y REPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSAS A LA UIAF, fue modificado integralmente con el fin de que las Sociedades que se encuentran supervisadas y obligadas a implementar el LA/FT/FPADM, creen y/o actualicen sus políticas y matrices que contribuyan a identificar operaciones sospechosas.

Estas políticas deben ser aprobadas por el máximo órgano social de la sociedad, el ente económico debe disponer de las medidas operativas, económicas, físicas, tecnológicas y de los recursos necesarios para que el oficial de Cumplimiento ejerza sus funciones, acorde a las necesidades de la empresa.

A continuación, encontraran el texto de la Circular Externa 100-000016, también la Circular Básica Jurídica de la Super Intendencia de Sociedades, con el fin de que tengan acceso directo a las disposiciones que allí se establecen.

Circular Externa 100-000016 de dic 24 de 2020

Circular Básica Jurídica SuperSociedades

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Incentivos tributarios para el sector de Hotelería y Turismo e Impoconsumo. Ley 2068 de 2020

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El gobierno nacional expidió la ley 2068 del 31 de diciembre de 2020 donde realiza varias modificaciones a la Ley general del turismo “Ley 300 de 1996”.

Algunos de ellos son los siguientes:

Exención transitoria del impuesto sobre las ventas para servicios de hoteleria y turismo hasta el 31 de diciembre del año 2021

Exclusión del impuesto sobre las ventas para la comercialización de artesanías igualmente hasta el 31 de diciembre de 2021.

Reducción del impuesto nacional al consumo en el expendio de comida y bebidas al 0% hasta el 31 de diciembre del año 2021.

Exclusión del impuesto sobre las ventas en los contratos de franquicia.

Ver Ley 2068 de 2020

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Aumento SMMLV y Auxilio de Transporte para el año 2021 – Decretos 1785 y 1786 de diciembre 29 de 2020

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El Ministerio del Trabajo expidió los Decretos 1785 y 1786 de diciembre de 2020, mediante los cuales se establece:

El Decreto 1785 determina un aumento del 3,5%, sobre el Salario Mínimo para el año 2021, que en pesos colombianos corresponde a $30.724 pesos, y el nuevo SMMLV se eleva a $908.526.

Bajo el Decreto 1786 se determina que el Auxilio de Transporte para el año 2021, aumentara a $106.454.

A partir del 01 de enero de 2021, el Salario Mínimo Mensual Legal Vigente para los colombianos se estipula en $1.014.980.

El detalle de los Decretos lo encontraran en los siguientes accesos:

Decreto 1785 de dic 29 de 2020

Decreto 1786 de dic 29 de 2020

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Ajuste del Costo de Activos Fijos para la Vigencia Fiscal 2020 – Decreto 1763 diciembre 23 de 2020

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El Ministerio de Hacienda y Crédito Público emite el Decreto 1763 de diciembre 23 de 2020, mediante el cual establece:

De acuerdo al Artículo 70 del Estatuto Tributarios los contribuyentes podrán ajustar el costo de los Activos Fijos en un 3,90% para la vigencia fiscal 2020.

Para efectos de determinar la renta o ganancia ocasional sobre la enajenación de un bien raíz o de acciones o aportes que tengan carácter de activos fijos, este se debe multiplicar por el porcentaje que se detalla en la tabla inmersa en el decreto en el numeral 2 del artículo 1.2.1.17.21.

Este valor puede ser incrementado hasta por el monto de los valores correspondientes a mejoras de los bienes raíces y/o valoraciones que se hayan pagado las acciones o aportes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 73 del E.T.

La tabla de porcentajes aplicables la encontraran en el siguiente link:

Decreto 1763 diciembre 23 de 2020

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Reglamentación de la Ley 2024 de 2020, Pago en Plazos Justos – Decreto 1733 de diciembre 22 de 2020

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El Ministerio de Comercio, industria y Turismo, emite el Decreto Reglamentario a la Ley 2024 de 2020:

Se establecen plazos justos para los pagos correspondientes a las transacciones comerciales realizadas entre el 01 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021, con un plazo máximo de pago de 60 días.

Para la vigencia de 01 de enero y el 31 de diciembre de 2022, se tendrá como máximo plazo de pago 45 días calendario, contados a partir de la fecha de entrega de la mercancía, o terminación de prestación del servicio.

Para el año 2023, solo aplicara el plazo de 60 días para las operaciones comerciales que se efectúen entre el marco del sistema General de Seguridad Social.

El detalle de la información correspondiente al decreto en mención lo encontraran en el siguiente link.

Decreto 1733 de diciembre 22 de 2020

Así como también el texto de la Ley 2024 de julio 23 de 2020.

Ley 2024 de 2020

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