Interés Presuntivo Vigencia Fiscal 2022 es del 3,21%. Decreto 728 de 2022
El Interés Presuntivo para la Vigencia Fiscal 2022, que se presenta en el 2023 es del 3,21% anual, según el Decreto 728 de 2022.
El interés presuntivo para el año gravable 2021, que se presenta en el 2022, es del 1.89% según el Decreto 455 de 2020.
Como se sabe, el artículo 35 del Estatuto Tributario establece que se genera un ingreso presunto cuando las sociedades le prestan en dinero a sus socios o estos a la sociedad.
Esto singifica que si se cobra un interés inferior al 3,21 %, durante el 2022 se debe pagar renta al menos por este porcentaje.
Si realmente se cobra un interés mayor a esta tasa no se aplica el interés presuntivo, sino que se tributa sobre ese mayor valor.
Siempre se debe tributar por el mayor entre el interés realmente cobrado y el interés presuntivo definido anualmente.
Este Decreto también define el Componente Inflacionario para la vigencia fiscal 2021, es decir, la porción de los ingresos financieros que se considera como no gravado (INCRNGO) para las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad.
Para la vigencia fiscal 2021 que se presenta en el 2022, el Componente Inflacionario es del 100% para ingresos financieros, según este Decreto 728 de 2022.
El mismo Decreto define que no es deducible el 37.57% de los costos y gastos financieros para las mismas personas naturales no obligadas a llevar contabilidad y que “Cuando se trate de ajustes por diferencia en cambio, y de costos y gastos financieros por
concepto de deudas en moneda extranjera, no constituye costo ni deducción el cuarenta
punto once por ciento (40.11 %) de los mismos, conforme con lo previsto en los artículos
41,81,81-1 inciso 2°, y 118 del Estatuto Tributario.”