Resolución 000246 del 30-12-2025. Reporte Conciliación Fiscal (F2516).

Resolución 000246 del 30-12-2025. Reporte Conciliación Fiscal (F2516).

 

Problema jurídico: ¿Deben presentar el Reporte de Conciliación Fiscal los contribuyentes que integran un grupo empresarial aun con ingresos brutos fiscales inferiores a 45.000 UVT?

Tesis jurídica: Sí. Porque la condición de grupo empresarial con estados financieros consolidados o combinados genera dicha obligación, sin atender al monto de ingresos brutos fiscales, conforme al art. 1.4.3.1 inc. 3 de la Res. DIAN 000227 de 2025, adicionado por la Res. DIAN 000246 de 2025.

Concepto 100202208 – 0060 del 14-01-2026. Descuento IVA.

Concepto 100202208 – 0060 del 14-01-2026. Descuento IVA.

Problema jurídico: ¿Procede el descuento del IVA pagado por una entidad responsable de IVA que no es contribuyente del impuesto sobre la renta ni declarante de ingresos y patrimonio?

Tesis jurídica: Sí. Porque el IVA es descontable por cumplimiento material de requisitos, sin depender de la calidad de contribuyente de renta, conforme a los arts. 107, 488 y 22 del E.T., Sentencia 21329 de 2020.

Nota de Relatoría de Global Contable y Global Servicios Legales.com: La DIAN reconsidera su doctrina y admite el descuento del IVA por entidades no contribuyentes de renta cuando se acreditan los requisitos materiales y la destinación a operaciones gravadas, reafirmando la autonomía del IVA.

Sentencia 29315 del 29-05-2025. Efectos IBC. Viáticos trabajadores.

Sentencia 29315 del 29-05-2025. Efectos IBC. Viáticos trabajadores.

Problema jurídico: ¿Procede incluir en el IBC los viáticos permanentes cuando no tienen carácter retributivo sino que corresponden a gastos de transporte y representación?

Tesis jurídica: No. Porque los viáticos, aun siendo permanentes, no integran el IBC cuando no remuneran el servicio ni incrementan el patrimonio del trabajador, y el límite del 40 % solo aplica a pagos salariales desalarizados, conforme a los arts. 127 y 130 del CST y al art. 30 de la Ley 1393 de 2010.

Sentencia 28514 del 12-06-2025. Exclusión de IVA.

Sentencia 28514 del 12-06-2025. Exclusión de IVA.

Problema jurídico: ¿Procede la exclusión del IVA en la importación cuando la certificación ambiental no describe de forma idéntica los bienes frente a la declaración de importación?

Tesis jurídica: Sí. Porque la exclusión del IVA no exige identidad descriptiva, sino que se acredite que los bienes importados corresponden a la misma unidad funcional certificada y destinada al programa ambiental aprobado, conforme al art. 428 lit. f) del E.T. y al Dec. 2532 de 2001.

Concepto 018477 2 del 19-11-2025. Notificación electrónica.

Concepto 018477 2  del 19-11-2025. Notificación electrónica. 

Problema jurídico: ¿Se computan los cinco (5) días hábiles para interponer recursos desde el día siguiente a la entrega del correo electrónico?

Tesis jurídica: Sí. Porque el término procesal inicia al día siguiente de la entrega del correo electrónico de notificación y vence al finalizar el quinto día, conforme al art. 566-1 del E.T. y al Auto del CE Exp. 28923 del 10-10-2025.

Concepto 014600 del 21-10-2025. Tributario.

Concepto 014600 del 21-10-2025. Tributario.

Problema jurídico: ¿Se debe soportar con DSNE el pago efectuado por el empleador patrocinador al aprendiz tras el nuevo carácter laboral del contrato de aprendizaje?

Tesis jurídica: Sí. Porque la Ley 2466 de 2025 le otorga naturaleza laboral al contrato de aprendizaje, lo que obliga a soportar sus pagos mediante el DSNE, conforme a la Res. 000013 de 2021.

Concepto 017373 del 11-12-2025. Administración de cartera tributaria.

Concepto 017373 del 11-12-2025. Administración de cartera tributaria.

Problema jurídico: ¿Se entienden extinguidas de pleno derecho las obligaciones fiscales por remisión una vez vencido el plazo previsto en el par. 2 transitorio del art. 820 del E.T.?

Tesis jurídica: No. Porque no constituye una remisión automática ni una amnistía de obligaciones fiscales, sino una facultad administrativa temporal para el saneamiento contable que exige acto administrativo expreso y no limita las acciones de cobro de la DIAN, conforme al art. 334 de la Ley 2294 de 2023.