Nuevos plazos para el pago de la 2 cuota del impuesto de renta
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Con la expedición del Decreto 655 del 13 de mayo de 2020 el Ministerio de hacienda y crédito publico estableció los nuevos plazos para el pago de la Segunda Cuota del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios para las micro, pequeñas y medianas empresas, de acuerdo a las siguiente fechas:
Si los dos Últimos dígitos son | Hasta el día |
96 al 00 | 9 de noviembre de 2020 |
91 al 95 | 10 de noviembre de 2020 |
86 al 90 | 11 de noviembre de 2020 |
81 al 85 | 12 de noviembre de 2020 |
76 al 80 | 13 de noviembre de 2020 |
71 al 75 | 17 de noviembre de 2020 |
66 al 70 | 18 de noviembre de 2020 |
61 al 65 | 19 de noviembre de 2020 |
56 al 60 | 20 de noviembre de 2020 |
51 al 55 | 23 de noviembre de 2020 |
46 al 50 | 24 de noviembre de 2020 |
41 al 45 | 25 de noviembre de 2020 |
36 al 40 | 26 de noviembre de 2020 |
31 al 35 | 27 de noviembre de 2020 |
26 al 30 | 30 de noviembre de 2020 |
21 al 25 | 1 de diciembre de 2020 |
16 al 20 | 2 de diciembre de 2020 |
11 al 15 | 3 de diciembre de 2020 |
06 al 10 | 4 de diciembre de 2020 |
01 al 05 | 7 de diciembre de 2020 |
En conclusión el plazo limite para la presentación de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta será entre el 01 de Junio al 01 de Julio de 2020 como lo estableció el Decreto 520 del 06 Abril de 2020 y los pagos de la segunda cuota iniciaran desde Noviembre 09 al 07 de Diciembre 2020.
Ver decreto 655 del 13 de mayo de 2020
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