Exención Especial IVA. Concepto DIAN 705 de 2020
La DIAN mediante concepto N° 705 de 2020 da un alcance a la interpretación expuesta en el Oficio número 100208221-628 del 1° de junio de 2020, y menciona que cuando los bienes cubiertos por la exención no sean vendidos por unidades, el limite de las 3 unidades de que trata el Decreto 682 del 21 de Mayo de 2020. en su articulo 6 del numeral 6.4 NO sera aplicable.
Este concepto cita “Este escenario ocurre cuando los bienes cubiertos son enajenados por peso (e.g., 100 gramos, 4 libras o 9 kilogramos de semillas y frutos para la siembra o abonos de origen animal, vegetal, mineral y/o químico).
Ver concepto DIAN 100208221-705
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Imagen de Lucia Grzeskiewicz en Pixabay