BENEFICIO PÉRDIDA FISCAL – GANANCIA OCASIONAL

Algunas entidades durante el pico de la pandemia, tuvieron que recurrir a la venta de sus activos fijos para solventar la operación de la sociedad y darle un “respiro” a su flujo de caja. Esta venta de activos fijos se encuentra gravada como Ganancia Ocasional la cual se declara en el renglón 80 del formulario 110.

 

A este valor se le resta el costo fiscal de activo, de acuerdo al artículo 67 de Estatuto Tributario; y se determina la ganancia ocasional gravada.

 

Para una empresa que vendió sus activos para solventar la operación, simplemente el impuesto por ganancia ocasional seria un gasto importante en su flujo de caja, sin embargo el decreto 772 de 2020 el cual reglamenta mecanismos para evitar la insolvencia de las sociedades en momentos de emergencia económica; en su articulo 15 inciso 2, da la posiblidad de compensar las perdidas fiscales por los años gravables 2020 y 2021, esto de acuerdo al artículo 147 del Estatuto Tributario. De hecho se habilitó en los formularios de renta el renglón 82 para restar este valor de la ganancia ocasional.

 

Vale la pena revisar su matriz de renta y utilizar este beneficio otorgado por la ley, ya que solo se podrá usar por los años gravables 2020 y 2021.

 

Recuerde que Globalcontable.com tiene a su disposición la matriz de renta año gravable 2021 completamente gratuita y puede descargarla aquí

 

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