DIAN reitera que en Nómina Electrónica se reportan Cesantías devengadas y consolidadas

El Concepto DIAN 202208-08 del 31 de enero de 2022 ratifica que las cesantías y los intereses de cesantías consolidadas serán deducibles, solamente si fueron reportadas en la nómina electrónica del mes de diciembre de 2021.

Se concluye allí que “… la generación del documento soporte de pago de nómina electrónica frente al concepto de cesantías deberá efectuarse atendiendo al concepto de devengo, esto es, la realización del respectivo gasto deducible que pretenda imputarse el sujeto obligado…”

Ver Documento…

Nuestra opición sobre este tema en los siguientes enlaces:

1. Documento PDF en https://bit.ly/3orFTgm, o

2. En nuestra Web: https://www.globalcontable.com/nomina-electronica-y-deduccion-de-cesantias-e-intereses/

Saludos cordiales.

Te invitamos a compartir este importante tema.

Nómina Electrónica y Deducción de Cesantías e Intereses

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