Sentencia 29877 del 13-11-2025. Territorial. ICA. Pérdida de fuerza ejecutoria de la sanción por no declarar al reducirse la base del aforo.

Sentencia 29877 del 13-11-2025. Territorial. ICA. Pérdida de fuerza ejecutoria de la sanción por no declarar al reducirse la base del aforo.

Radicación: 05001-23-33-000-2019-02055-01 (29877)

Problema jurídico: ¿Pierde fuerza ejecutoria la sanción en firme por no declarar el ICA cuando el municipio, al revocar el aforo, reconoce que la base eran solo los ingresos obtenidos en su jurisdicción?

Tesis jurídica: Sí. Porque la sanción por no declarar y el aforo nacen de la misma omisión y se calculan sobre los mismos ingresos obtenidos en el municipio; al reducirse la base del aforo desapareció el fundamento de la sanción tasada sobre ingresos nacionales, que queda en el 20 % de los ingresos municipales, conforme al num. 2 del art. 91 del CPACA.

Nota de Relatoría Grupo de Estudios Tributarios: Aplica la regla 2 de la Sentencia de unificación 27841 del 05-12-2024: el acto que, al resolver una revocatoria directa, niega por primera vez la pérdida de fuerza ejecutoria sí es demandable. La Sala modificó la sentencia de primera instancia y redujo la sanción a $5.079.040. Salvó el voto el consejero Luis Antonio Rodríguez Montaño.

¿Quiere recibir el Boletín Actualidad Tributaria cada semana? Suscríbase aquí.

Deje un comentario