Concepto DAF 046819 del 30-06-2026. Territorial. ICA. Alimento concentrado elaborado para el autoconsumo en la actividad avícola.
Problema jurídico: ¿Queda por fuera del ICA la elaboración de alimento concentrado que un avicultor destina solo al consumo de sus propias aves?
Tesis jurídica: Sí. Porque la base gravable del ICA son los ingresos de la actividad gravada y el autoconsumo no los genera; actualizar el RIT es un deber formal distinto de la obligación de declarar y pagar, y el municipio puede verificar si el alimento se vende a terceros, caso en el cual sí se causa el impuesto, conforme al art. 196 del Decreto Ley 1333 de 1986.










