Vigencia de la exclusión del IVA en los Juegos de Suerte y Azar.

Mediante la sentencia C-381 de septiembre 02 de 2020, mencionada en el Comunicado 37 de la Corte Constitucional de Colombia septiembre 2 y 3 de 2020. Declaro Exequible el articulo 1 del Decreto 808 del 04 de junio de 2020.

Se incluye dentro del Comunicado 37 de la Corte Constitucional de Colombia, como “Norma Objeto de Revisión Constitucional” lo mencionado en el artículo 1, en donde se establece que los Juegos de suerte y azar de premio inmediato se encuentran excluidos del IVA, sin tener una fecha máxima para esta exclusión.

Teniendo en cuenta lo anterior la Corte tomo la decisión de declarar la exclusión del IVA en los juegos de suerte y azar de premio inmediato, hasta el 31 de diciembre del año 2021.

 

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Imagen de Greg Montani en Pixabay

 

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