Concepto 016941 del 07-09-2026. Cambiario. Base de la multa por no declarar el dinero en efectivo o los títulos representativos de dinero al ingresar o salir del país.

Concepto 016941 (int. 1598) del 07-09-2026. Cambiario. Base de la multa por no declarar el dinero en efectivo o los títulos representativos de dinero al ingresar o salir del país.

Problema jurídico: ¿Se liquida la multa por no declarar el ingreso o la salida del país de dinero en efectivo o de títulos representativos de dinero sobre el valor total que se portaba?

Tesis jurídica: Sí. Porque la multa del 30 % en el ingreso o del 40 % en la salida se calcula sobre el valor dejado de declarar, que es la totalidad de la operación; los USD 10.000 solo marcan el monto a partir del cual surge el deber de declarar y no se descuentan de la base, conforme al num. 28 del art. 3 del Decreto Ley 2245 de 2011 y al art. 87 de la Resolución Externa 1 de 2018 del Banco de la República.

Nota de Relatoría Grupo de Estudios Tributarios: La DIAN precisó que el Oficio 100211232-0858 del 29-08-2018 de la entonces Subdirección de Gestión de Control Cambiario, según el cual la multa en operaciones de ingreso se aplicaba sobre el excedente de USD 10.000 de cada cheque, no constituye doctrina oficial ni puede servir de fundamento para liquidar la sanción.

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