Sentencia 31248 del 01-10-2026. Procedimiento. Parafiscales. Nulidad de la sentencia dictada sin resolver la conciliación contencioso-administrativa.
Radicación: 11001-03-27-000-2026-00036-00 (31248)
Problema jurídico: ¿Procede el recurso extraordinario de revisión contra la sentencia dictada sin resolver antes la solicitud de aprobación de la conciliación contencioso-administrativa?
Tesis jurídica: Sí. Porque, presentado a tiempo el acuerdo conciliatorio, el juez debe decidir sobre su aprobación antes de fallar, y dictar la sentencia sin hacerlo vulnera el debido proceso y configura la nulidad originada en la sentencia, conforme al numeral 5 del artículo 250 del CPACA, al artículo 46 de la Ley 2155 de 2021 y al artículo 29 de la Constitución Política.
Nota de Relatoría Grupo de Estudios Tributarios: Declara fundado el recurso de la UGPP, infirma la sentencia del Tribunal Administrativo de Antioquia del 30-04-2025 y le devuelve el expediente para que decida sobre la conciliación. Reitera la sentencia del 05-02-2019 (exp. 23659). Aclaró el voto la consejera Myriam Stella Gutiérrez Argüello.
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