Sentencia 30954 del 15-09-2026. Territorial. Impuesto al consumo. Unificación de jurisprudencia sobre la sanción por no radicar las tornaguías de movilización para su legalización (art. 22 de la Ley 1762 de 2015).

Sentencia 30954 del 15-09-2026. Territorial. Impuesto al consumo. Unificación de jurisprudencia sobre la sanción por no radicar las tornaguías de movilización para su legalización (art. 22 de la Ley 1762 de 2015).

Problema jurídico: ¿Se configura la infracción del artículo 22 de la Ley 1762 de 2015 cuando la tornaguía de movilización se radica para su legalización después de vencido el término legal?

Tesis jurídica: Sí. Porque la conducta sancionable consiste en no radicar la tornaguía dentro del plazo que corre desde su emisión hasta el vencimiento del término que tiene el funcionario de la entidad de destino para legalizarla, de modo que la radicación tardía no elimina la infracción ya configurada, sino que pone fin a la omisión y delimita los días computables para la multa de 46 UVT diarias, sin que proceda la reducción por allanamiento del art. 610 del Decreto 1165 de 2019, conforme a los arts. 22 y 25 de la Ley 1762 de 2015 y a los arts. 9, 13 y 14 del Decreto 3071 de 1997.

Nota de Relatoría Grupo de Estudios Tributarios: Sentencia de unificación CE-SUJ-4-001-2026 (exp. 30954, C.P. Claudia Rodríguez Velásquez). Fija cinco reglas de unificación con efectos retrospectivos, aplicables de inmediato a los trámites administrativos y judiciales pendientes, sin afectar situaciones jurídicas consolidadas. Se confirmó la sentencia apelada que negó las pretensiones de la demanda.

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