Resolución DDI 392 de marzo 12 de 2021 SDH – Información Exógena Distrital

La Secretaria Distrital de Hacienda SHD, emite la Resolución DDI 392 de marzo 12 de 2021, mediante la cual establece el contenido y las características de la información que debe ser presentada por las Naturales y/o Jurídicas correspondiente al reporte de Información Exógena Distrital.

Las personas naturales y/o jurídicas que pertenezcan al régimen común o sean responsables del impuesto a las ventas, que sean a la vez contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio de la ciudad de Bogotá, y que durante el año gravable 2020 hayan obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 3.500 UVT, deberán remitir la siguiente información:

Artículo 1. Información de Ingresos obtenidos por actividades excluidas o no sujetas y otros ingresos no gravados, deducciones o exenciones de los contribuyentes de ICA en Bogotá.

Artículo 2. Información de compras de bienes y/o servicios.

Artículo 3. Información de venta de bienes.

Artículo 4. Información que deben reportar los agentes de retención del Impuesto de Industria y Comercio.

Artículo 5. Información que deben reportar los agentes de retención por el sistema de retención de tarjeta de débito y crédito.

Artículo 6. Información que deben presentar los sujetos de retención del Impuesto de Industria y Comercio.

Artículo 7. Información de cuentas corrientes o de ahorros e inversiones.

Artículo 8. Información que deben reportar los administradores de fondos de inversión o carteras colectivas.

Artículo 9. Información a suministrar por las bolsas de valores.

Artículo 10. Información de Ingresos recibidos para terceros.

Artículo 11. Información que deben suministrar las Sociedades Fiduciarias.

Artículo 12. Información que deben suministrar los operadores de telefonía móvil.

Artículo 13. Información que deben suministrar las inmobiliarias y/o aseguradoras sobre arrendamientos.

Artículo 14. Información de Ingresos obtenidos fuera de Bogotá.

Artículo 15. Información parcial.

Artículo 16. Personas Jurídicas extranjeras.

En el artículo 17 se establecen las fechas de presentación de esta información.

Iniciando desde el 03 de mayo y hasta el 14 de mayo de 2021, realizándolo de forma ascendente con el ultimo digito de identificación tributaria.

Artículo 18. Sitio, forma y constancia de presentación de la información.

Y, por último, en el artículo 19 se establecen las sanciones a las que se hace acreedor el obligado al incumplir con la entrega de la información en las fechas establecidas para tal fin.

El texto de la Resolución la encontraran en el siguiente link.

Resolución DDI 392 de marzo 12 de 2021 SDH

Te puede interesar:

Imagen de Tumisu en Pixabay

Un comentario en «Resolución DDI 392 de marzo 12 de 2021 SDH – Información Exógena Distrital»

  1. Buenas tardes Dr. Ordoñez
    Consulta: hay sanción en la información exógena al no registrar en el Art.14 el código del municipio.? Solo se registro el código del departamento.

    Gracias por su respuesta

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Colega ¿Te gustaría escribir artículos profesionales?

Obtén tu propio BLOG completamente Gratis!

Daremos comienzo en:

Días
:Hor
:Min
:Seg
El descuento ha finalizado

taller virtual

Más información aquí abajo

Link Exclusivo