Oficio JD-S-CA-00850 BAN REP del 2025.

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El Banco de la República reiteró que los criptoactivos no son moneda, divisa ni medio de pago legal y no están reconocidos como activos financieros en el régimen cambiario colombiano.

En consecuencia, la venta de criptoactivos a no residentes no se considera exportación y no procede la canalización de divisas por cuentas de compensación bajo dicho concepto.

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