Bogotá, D.C. 29 de mayo de 2020. El Decreto 766 de 2020 establece una disminución sobre el calculo del Anticipo de renta y complementarios del año gravable 2020 para las actividades económicas que se considieran más afectadas por el COVID (según la la Resolución 139 del 21 de Noviembre del 2012).
No obstante la Reducción del anticipo es al 0% o al 25% de acuerdo a las actividades que se encuentran en este decreto, y en caso de no estar en la lista, el anticipo se calculara de la manera como lo indica el Articulo 807 del Estatuto Tributario Nacional.
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