Concepto 1739 de 27-09-024: Soporte de impuestos descontables en operaciones a crédito o plazo-Acuse de recibido
Concepto 1739 de 27-09-024: Soporte de impuestos descontables en operaciones a crédito o plazo-Acuse de recibido
Problema Jurídico: ¿Mediante el radicado de la referencia, el peticionario solicita la reconsideración del Oficio 908749 – interno 1497 del 12 de diciembre de 2022 en el que se concluyó en relación con los impuestos descontables y la oportunidad para remitir los mensajes electrónicos de confirmación de recibido de la factura y de los bienes y/o servicios adquiridos a crédito o con el otorgamiento de un plazo para el pago?
Respuesta (Tesis Jurídica): Así, se confirma el Oficio 908749 – interno 1497 de diciembre 12 de 2022 y se concluye que para la procedencia de los impuestos descontables en las operaciones a crédito o que exista un plazo para su pago, se requiere:
i Que la operación que da lugar al IVA descontable constituya costo o gasto y que se destine a las
operaciones gravadas con IVA, según el artículo 488 del ET.
ii Que el IVA descontable se solicite oportunamente conforme el artículo 496 del ET.
iii Que la factura de venta de la operación haya sido expedida de acuerdo con lo previsto en el inciso
10 del artículo 616-1 del ET.
iv Que se cumplan con los requisitos generales de procedencia del impuesto descontable previstos
en el ET, en especial, aquellos de que tratan los artículos 771-2 y 771-5