Problema jurídico: ¿Se pueden aplicar títulos de depósito judicial constituidos antes de la entrada en vigencia del Decreto Legislativo 240 de 2026 para acreditar el pago total exigido en las medidas de alivio tributario?
Tesis jurídica: Sí. Porque los títulos de depósito judicial son medios de pago válidos y, aunque constituidos antes del 13 de marzo de 2026, se reconocen con la tasa de interés vigente al momento de su constitución, mientras que los constituidos entre el 13 de marzo y el 30 de abril de 2026 acceden a la tasa reducida del 4.5%, conforme al art. 803 del E.T. y al Decreto 240 de 2026.
