Problema jurídico: ¿Están excluidos del IVA los servicios funerarios, de cremación, inhumación y exhumación de mascotas?
Tesis jurídica: No. Porque la exclusión prevista para los servicios funerarios está referida al fallecimiento de personas y no puede extenderse por interpretación a los animales de compañía, conforme al num. 19 del art. 476 del E.T. y al art. 1.3.1.8.4 del DUR 1625 de 2016.
