Concepto 012149 del 08-09-2025. IVA.

Concepto 012149 del 08-09-2025. IVA.

Problema jurídico: ¿Pueden los programas de bienestar animal considerarse como programas de sanidad animal para efectos de la exclusión del IVA?

Tesis jurídica: No. Porque la exclusión del IVA sólo procede cuando los programas de bienestar animal, acreditados por el Ministerio de Agricultura a través del ICA, estén orientadas a la adecuación de tierras, producción agropecuaria, pesquera o comercialización de productos, conforme al lit. o) del num. 24 del art. 476 del E.T.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Colega ¿Te gustaría escribir artículos profesionales?

Obtén tu propio BLOG completamente Gratis!

Daremos comienzo en:

Días
:Hor
:Min
:Seg
El descuento ha finalizado

taller virtual

Más información aquí abajo

Link Exclusivo