Concepto 009736 (int. 873) del 04-06-2026. Impuesto al patrimonio. Sociedades en extinción de dominio o administradas por la SAE.
Problema jurídico: ¿Deben declarar y pagar el impuesto al patrimonio del Decreto Legislativo 173 de 2026 las sociedades cuyos bienes están afectados por medidas de extinción de dominio o se encuentran bajo la administración de la Sociedad de Activos Especiales (SAE)?
Tesis jurídica: Sí. Porque el impuesto se causa por la posesión del patrimonio líquido y ni la medida cautelar de extinción de dominio ni la administración de los bienes por la SAE u otros terceros constituyen una excepción al hecho generador, de modo que el contribuyente titular debe declararlo y pagarlo, conforme al art. 1 del Decreto Legislativo 173 de 2026.
Nota de Relatoría Grupo de Estudios Tributarios: Reitera el Concepto 019776 del 09-08-2019, emitido frente al impuesto al patrimonio de la Ley 1943 de 2018, cuya interpretación declara aplicable al impuesto al patrimonio del Decreto Legislativo 173 de 2026.











