Concepto DAF 034769 del 08-05-2026. Territorial. Procedimiento. Caducidad de la sanción por no enviar información para no declarantes.
Problema jurídico: ¿Caduca a los tres años de ocurrido el hecho la facultad para imponer la sanción por no enviar información a quien no está obligado a declarar renta ni ingresos y patrimonio?
Tesis jurídica: Sí. Porque el inicio del término fijado en el art. 638 del E.T. y en la sentencia de unificación del Consejo de Estado está ligado a la presentación de la declaración de renta o de ingresos y patrimonio y no varía según cuándo la administración conoce el hecho, de modo que ante el vacío para los no declarantes rige la caducidad general, conforme al art. 638 del E.T. y a los arts. 2 y 52 del CPACA.











