Concepto 797 de 20-09-2024: Retención en la fuente por servicios de transporte internacional – Autorretención

Concepto 797 de 20-09-2024: Retención en la fuente por servicios de transporte internacional – Autorretención

Problema Jurídico: ¿Los pagos o abonos en cuenta por concepto de servicios de transporte internacional prestados por empresas colombianas de transporte marítimo están sometidos a retención en la fuente del artículo 1.2.4.4.6 del Decreto 1625 de 2016?.y a la autorretención a título de renta y complementario de que tratan los artículos 1.2.6.6. a 1.2.6.11.?

Respuesta (Tesis Jurídica): No. Estos pagos o abonos en cuenta no están sometidos a retención en la fuente a título de impuesto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.2.4.4.6 del Decreto 1625 de 2016, pero  sí están sujetos a la autorretención a título de renta, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en la normativa vigente.

 

 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Colega ¿Te gustaría escribir artículos profesionales?

Obtén tu propio BLOG completamente Gratis!

Daremos comienzo en:

Días
:Hor
:Min
:Seg
El descuento ha finalizado

taller virtual

Más información aquí abajo

Link Exclusivo