Sentencia 29405 del 06-08-2026. Renta. Deducción del impuesto a la explotación de oro como costo y sanción por inexactitud.
Problema jurídico: ¿Procede como costo en el impuesto sobre la renta el impuesto a la explotación de oro, aunque no esté previsto expresamente en el art. 115 del E.T.?
Tesis jurídica: Sí. Porque la procedencia fiscal de tributos no incluidos en el art. 115 del E.T. depende de la acreditación de los requisitos de necesidad, causalidad y proporcionalidad, y no exclusivamente de su inclusión expresa en dicha disposición, conforme al art. 107 del E.T. y al art. 152 de la Ley 488 de 1998.

