Sentencia 28832 del 03-09-2026. Procedimiento. Cobro coactivo. Empresas Sociales del Estado y obligaciones derivadas de contratos de prestación de servicios de salud.
Problema jurídico: ¿Pueden las Empresas Sociales del Estado acudir al procedimiento de cobro coactivo para exigir las obligaciones derivadas de contratos de prestación de servicios de salud celebrados bajo un régimen privado de contratación?
Tesis jurídica: No. Porque esas obligaciones provienen de actos de gestión y no de autoridad, pues la ESE actúa en el giro ordinario de sus negocios en igualdad de condiciones con los prestadores privados, de modo que quedan excluidas de la jurisdicción coactiva y su recaudo debe perseguirse mediante el proceso ejecutivo contractual, conforme al parágrafo 1 del art. 5 de la Ley 1066 de 2006 y a la sentencia C-666 de 2000.
Nota de Relatoría Grupo de Estudios Tributarios: Consejo de Estado, Sección Cuarta, C.P. Wilson Ramos Girón, exp. 28832. Reitera la sentencia del 24-08-2023, exp. 26685, C.P. Milton Chaves García.









