Sentencia 27901 del 8-Feb-2024 Consejo de Estado. Prueba supletoria de pasivos no autenticados en no obligadas a llevar contabilidad
Problema Jurídico 1: ¿Son válidos los pasivos de personas naturales no obligados a llevar contabilidad, aunque no estén autenticados en notaría antes de finalizar el periodo fiscal, cuando el acreedor los declara como cuenta por cobrar?
Respuesta: SÍ. Es válido el pasivo sin que exista la autenticación del documento de fecha cierta, pues constituye prueba supletoria válida que el acreedor lo declare como cuentas por cobrar.
Fuente:
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