Poder preferente para despidos por coronavirus. Resolución Minsalud 0803 de 2020

Bogotá, D.C. El Ministerio de Salud determinó ejercer de manera preferente todos los trámites de autorización a empleador para despido colectivo y para suspensión temporal de actividades, que puede ser de hasta por 120 días, por lo que esto no dependerá de las Direcciones Territoriales ni de Oficinas Especiales. Esta decisión se da por la crisis sanitaria del coronavirus y quedó consignada en la Resolución 0803 del 19 de marzo 2020 que refuerza las decisiones tomadas en la Circular 0021 del 17 de marzo de 2020, sobre el «trabajo en casa», los permisos, las jornadas flexibles, el teletrabajo y en general, todas las medidas enunciadas en la presente Circular no exoneran al empleador de cumplir con sus obligaciones.

Texto de la Resolución 0803 del 19 de marzo 2020

https://www.globalcontable.com/medidas-de-proteccion-al-empleo-por-coronavirus-circular-mintrabajo-021-de-2020/circular-0021-de-2020-mintrabajo/

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