Concepto 424 de 06-07-2024: Prórroga Usuario Aduanero con Trámite Simplificado
Concepto 424 de 06-07-2024: Prórroga Usuario Aduanero con Trámite Simplificado
Problema Jurídico:¿Se tipifica la sanción de que trata el numeral 2.2. del artículo 29 del Decreto Ley 920 de 2023 en el evento que un Usuario Aduanero con Trámite Simplificado (en adelante UATS) o un Operador Económico Autorizado tipo importador (en adelante OEA) presenten declaración de corrección por inexactitud o error al liquidar un menor valor por concepto de tributos aduaneros en las declaraciones aduaneras iniciales que cuenten con autorización de levante y respecto de las cuales no se haya realizado el pago de los tributos aduaneros?
Respuesta: SI, procede la sanción de multa equivalente al 10% del valor de los tributos aduaneros dejados de cancelar, en el evento que un UATS o un OEA, proceda a presentar sin necesidad de autorización previa por parte de la DIAN la declaración de corrección por inexactitud o error que conllevó a la liquidación de un menor valor por concepto de tributos aduaneros, respecto de aquellas declaraciones de importación iniciales que cuenten con autorización de levante durante el mes inmediatamente anterior al que deben realizar el pago consolidado de los tributos aduaneros, intereses, sanciones y valor del rescate, de acuerdo con el numeral 2.2 del artículo 29 del Decreto 1165 de 2019.
Fuente:
Actualidad Tributaria Semanal
Grupo de Estudios Tributarios de Colombia
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