Concepto 355 de 17-05-2024: Tratamiento tributario para bicicletas y otros vehículos eléctricos.

Concepto 355 de 17-05-2024: Tratamiento tributario para bicicletas y otros vehículos eléctricos

Problema Jurídico: ¿Cuál es el  tratamiento del impuesto sobre las ventas previsto en el artículo 468-1 del Estatuto Tributario para la partida 87.11 aplica a los bienes de la subpartida 8711.60.00.90 del Arancel de Aduanas?

Respuesta: No, La tarifa diferencial del 5% solo aplica para bienes mencionados explícitamente en el artículo 468-1 y no se extiende a otras partidas o subpartidas arancelarias que no sean específicamente indicadas.

Fuente:

Actualidad Tributaria Semanal

Grupo de Estudios Tributarios de Colombia

Disponible en https://bit.ly/3yx0JCC

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Grupo de Estudios Tributarios de Colombia. Los jueves de 7 a 9 pm en www.globalcontable.com/grupo

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