Concepto 017685 del 01-10-2026. Procedimiento. Estándar común de reporte (CRS): fideicomisos, trusts y vehículos de inversión colectiva.

Problema jurídico 1: ¿Pueden aplicarse a la fiducia mercantil las reglas del CRS previstas para los Trusts?

Tesis jurídica 1: Sí. Porque, aunque el ordenamiento colombiano no contempla el Trust anglosajón, la fiducia mercantil presenta características similares y las normas que desarrollan el CRS se interpretan en armonía con el estándar y sus Comentarios; lo determinante son los elementos de la estructura concreta, no su denominación, conforme al numeral 5.3 del artículo 1.6.9.1 y al artículo 1.6.9.10 de la Resolución 000227 de 2025.

Problema jurídico 2: ¿Equivalen, para efectos del CRS, el fideicomiso o Trust y el vehículo de inversión colectiva?

Tesis jurídica 2: No. Porque la resolución los regula por separado entre las Instituciones Financieras No Sujetas a Reportar; un fideicomiso puede ser también vehículo de inversión colectiva si cumple sus condiciones, pero no todo fideicomiso lo es ni todo vehículo de inversión colectiva es un fideicomiso, conforme a los numerales 2.1.4 y 2.1.5 del artículo 1.6.9.1 de la Resolución 000227 de 2025.

Problema jurídico 3: ¿Tienen Participación en el Capital de un fideicomiso o Trust que es Entidad de Inversión el fideicomitente, el beneficiario y cualquier persona natural que ejerza su control final y efectivo?

Tesis jurídica 3: Sí. Porque, en concordancia con la Sección VIII(C)(4) del CRS, son titulares de esa participación quienes se traten como fideicomitente o settlor, o como fideicomisario o beneficiario de todo o parte del fideicomiso, y cualquier persona natural que ejerza su control final y efectivo, conforme al numeral 3.4 del artículo 1.6.9.1 de la Resolución 000227 de 2025.

Problema jurídico 4: ¿Deben identificarse y reportarse, bajo las reglas ordinarias de debida diligencia de las cuentas de la entidad, las Personas que Ejercen el Control de una Entidad No Financiera Activa?

Tesis jurídica 4: No. Porque esas reglas circunscriben la identificación de las Personas que Ejercen el Control al supuesto en que el titular de la cuenta es una Entidad No Financiera Pasiva, en concordancia con las Secciones V(D)(2) y VI(A)(2) del CRS, conforme a los numerales 4.1 y 4.6 del artículo 1.6.9.1 de la Resolución 000227 de 2025.

Texto completo: Concepto 017685 del 01-10-2026

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