Concepto 014998 (int. 1452) del 25-08-2026. IVA. Exclusión de bienes y servicios del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Problema jurídico: ¿Requiere la exclusión de IVA de los bienes y servicios de salud que estos se financien con recursos del Plan de Beneficios en Salud y se destinen directamente a prestaciones del SGSSS?
Tesis jurídica: Sí. Porque la exclusión exige la concurrencia de ambas condiciones, y ni la naturaleza parafiscal de los recursos ni el carácter sanitario del bien bastan sin norma expresa, por lo que las tecnologías no financiadas con UPC ni incluidas en el PBS siguen las reglas generales del impuesto, conforme a los arts. 420, 424, 476 y 477 del E.T.
Nota de Relatoría Grupo de Estudios Tributarios: Reitera los Conceptos 012203 (int. 1436) y 011219 (int. 1301) de 2025.











