Concepto 005223 del 06-04-2026. IVA.

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La exclusión del IVA para cervezas y bebidas alcohólicas fermentadas es excepcional, restrictiva y territorial: solo aplica cuando los bienes se introducen, comercializan y consumen exclusivamente en los departamentos expresamente beneficiados. La DIAN aclara que no tiene competencia para modificar el alcance de esta exclusión y que los riesgos de evasión deben abordarse mediante control y fiscalización, no por vía interpretativa.

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