Concepto 004996 del 30-03-2026. RTF.

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Pregunta jurídica:  ¿Debe trasladarse la retención en la fuente practicada en un contrato de cuentas en participación a los beneficiarios cuando el socio oculto es un patrimonio autónomo o fideicomiso?

Respuesta jurídica: Sí. Porque la retención en la fuente debe trasladarse a los beneficiarios del patrimonio autónomo o fideicomiso cuando estos sean contribuyentes o declarantes del impuesto sobre la renta, y solo en caso de que dichos beneficiarios no tengan tal calidad, la retención podrá ser imputada en su totalidad por el socio gestor, conforme a los arts. 6 y 18 del E.T. y a la Sent. 26085 del 30-08-2024.

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