Concepto 000821 int 0158 del 26-01-2026. DSNO.

Problema jurídico: ¿Procede el reconocimiento fiscal de costos y deducciones cuando el Documento Soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta (DSNO) se genera en un período distinto al de la operación?

Tesis jurídica: Sí. Porque aún si el DSNO se genera posteriormente, siempre que se acredite su efectiva ocurrencia y se cumplan los deberes formales, conforme a los arts. 771-2 y 616-1 del E.T. y los arts. 1.6.1.4.12 y 1.6.1.4.13 del DUR 1625 de 2016.

Nota de Relatoría Grupo de Estudios Tributarios: La DIAN reconsidera el Concepto 008129 int. 935 del 24-06-2025 y reconoce la aplicación del par 2 del art. 771-2 del E.T. al DSNO, permitiendo imputar costos y deducciones en el período del devengo aunque el soporte se genere después. Agradecimientos a nuestra colega Margie Rivero, por tan valioso concepto.

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