Venta de inmuebles y vehículos se reconoce con la escritura pública para fines NIIF y no genera impuesto diferido

Según el artículo 27 del Estatuto Tributario “Los ingresos provenientes de la enajenación de bienes inmuebles, se entienden realizados en la fecha de la escritura pública correspondiente“. Igual tratamiento establece … Leer más…

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