Simulador de renta para asalariados con el Proyecto de Reforma Tributaria (PL 477 de 2026)

Compare el impuesto de renta de un asalariado hoy y con el Proyecto de Ley 477 de 2026, y descargue el simulador en Excel.

Por: Juan Fernando Mejía

El simulador compara el impuesto de renta de un asalariado con las normas vigentes y con las que propone el Proyecto de Ley 477 de 2026 Cámara, la Ley de Rescate Económico que el Ministerio de Hacienda radicó el 29 de octubre. Usted escribe su salario mensual, los meses de salario del año, el número de dependientes y el valor anual de sus otras rentas exentas y deducciones (AFC, aportes voluntarios, intereses de vivienda, medicina prepagada), y decide si incluye el aumento de la cotización a salud. El resultado muestra el impuesto anual y mensual en los dos escenarios y la diferencia.

El enlace de Google Sheets le pide hacer una copia en su cuenta; así puede cambiar los datos sin tocar el original. También puede ver la hoja en línea, solo para consulta.

Qué cambia para los asalariados

  • Tabla del art. 241 ET (art. 48 del proyecto): el impuesto empieza cuando la renta líquida gravable pasa de 720 UVT, y no de 1.090 UVT, con un tramo nuevo del 9%; desde 8.670 UVT la tarifa marginal es del 39% (hoy, 35%, 37% y 39%).
  • Renta exenta del 25% (art. 206, num. 10, ET; art. 47 del proyecto): el tope anual baja de 790 a 630 UVT.
  • Límite de rentas exentas y deducciones (art. 336, num. 3, ET; art. 49 del proyecto): sigue el 40%, pero el tope anual baja de 1.340 a 1.180 UVT.
  • Dependientes: se deroga la deducción adicional de 72 UVT por dependiente, hasta cuatro (inc. 2, num. 3, art. 336 ET; art. 106, num. 1, del proyecto). Sigue la del art. 387 ET: 10% del ingreso bruto, hasta 32 UVT mensuales.
  • Cotización a salud del trabajador (art. 21 del proyecto): sigue en 4% hasta 2 SMMLV y sube por tramos, desde 5,5% (más de 2 y hasta 4 SMMLV) hasta 8% (más de 20 y hasta 25 SMMLV). Como es ingreso no constitutivo de renta (art. 56 ET), reduce la base del impuesto.

¿Desde qué salario se empieza a pagar renta?

Hoy, el impuesto empieza cuando la renta líquida gravable pasa de 1.090 UVT al año; con el proyecto, cuando pasa de 720 UVT. En salario mensual:

SupuestoHoyCon el proyecto
Solo la renta exenta del 25%, sin dependientes$6.894.645$4.629.746
Renta exenta del 25% y un dependiente$8.348.229$5.204.870
Exposición de motivos: deducciones promedio y un dependienteMás de $9 millonesDe $5 a $5,5 millones
Doce salarios al año. Aportes del trabajador: hoy, pensión 4% y salud 4% (y 1% al Fondo de Solidaridad Pensional desde 4 SMMLV); con el proyecto, salud del 5,5%.

¿A quiénes afecta?

Impuesto de renta y cotización a salud por nivel de salario, con un dependiente y sin otras rentas exentas ni deducciones:

Salario mensualRenta anual hoyRenta anual con el proyectoDiferencia anualTarifa efectiva hoy / con el proyectoAumento mensual en saludAumento mensual total (renta + salud)
$3.501.810 (2 SMMLV)$0$0$00% / 0%$0$0
$5.000.000 (umbral con el proyecto, según la exposición de motivos)$0$0$00% / 0%$75.000$75.000
$5.500.000 (umbral con el proyecto, según la exposición de motivos)$0$192.440$192.4400% / 0,29%$82.500$98.537
$9.000.000 (umbral de hoy, según la exposición de motivos)$902.768$2.962.837$2.060.0690,84% / 2,74%$225.000$396.672
$20.000.000$24.025.119$27.139.676$3.114.55710,01% / 11,31%$600.000$859.546
$50.000.000 (zona de la tarifa del 39%)$130.096.997$129.495.194−$601.80321,68% / 21,58%$1.750.905$1.700.755
$100.000.000$341.870.598$363.495.194$21.624.59628,49% / 30,29%$1.750.905$3.552.955
Tarifa efectiva: impuesto ÷ ingreso bruto. Doce salarios al año; ingreso base de cotización = salario, con tope de 25 SMMLV.

La diferencia es lo que pagaría de más con el proyecto. Como la cotización a salud no es renta, su aumento reduce la base del impuesto: por eso, con $50 millones la renta baja un poco aunque el total con salud sube. El impuesto mensual es el anual dividido entre 12; la retención en la fuente de cada mes puede ser distinta.

El efecto de la sola tabla del art. 241

Sin contar el menor tope de la renta exenta ni la eliminación de las 72 UVT por dependiente, la nueva tabla aumenta el impuesto anual así:

Renta líquida gravable anualAumento mínimoAumento máximoCómo se lee
Hasta 720 UVT$0$0Sin impuesto, con o sin el proyecto
De 720 a 1.090 UVT$0$1.728.342 (33 UVT)Nuevo tramo del 9%: (renta − 720 UVT) × 9%
De 1.090 a 8.670 UVT$1.728.342 (33 UVT)$1.728.342 (33 UVT)33 UVT fijas: el tramo del 9% completo
De 8.670 a 31.000 UVT$1.728.342 (33 UVT)$35.912.852 (685,7 UVT)Se suma el 39% unificado (hoy 35% y 37%)
Más de 31.000 UVT$35.912.852 (685,7 UVT)$35.912.852 (685,7 UVT)Ambos escenarios al 39%
UVT de 2026 ($52.374). Los impuestos fijos de la tabla del proyecto (33, 149, 821 y 2.329 UVT) vienen redondeados en el proyecto.

Aportes del empleador: la exoneración del art. 114-1 ET

Hoy, las sociedades y personas jurídicas declarantes de renta, y las personas naturales que emplean dos o más trabajadores, no pagan SENA (2%), ICBF (3%) ni salud (8,5%) por los trabajadores que ganan menos de 10 SMMLV. Desde el 1 de enero de 2027, el art. 20 del proyecto deja la exoneración total hasta 2 SMMLV, una parcial de más de 2 y hasta 3 SMMLV, y ninguna por encima:

Salario mensualAportes de la empresa hoyCon el proyectoTrabajadores
Hasta 2 SMMLV ($3.501.810)0%0%El 83,5% (6,4 millones) sigue exonerado
Más de 2 y hasta 3 SMMLV ($5.252.715)0%6% (SENA 1%, ICBF 1% y salud 4%)El 7,2% (549 mil) queda con exoneración parcial
Más de 3 y menos de 10 SMMLV ($17.509.050)0%13,5%El 8,1% (unos 620 mil) pierde la exoneración
10 SMMLV o más13,5%13,5%El 1,1% (unos 84 mil) paga con o sin el proyecto

El salto opera sobre todo el salario. Si un salario pasa de $5.252.715 (3 SMMLV) a $5.300.000, el aporte mensual de la empresa sube de $315.163 a $715.500: $400.337 más por un aumento de $47.285. Eso desincentiva los aumentos y llevaría a pagar una parte como no salarial, porque, para la DIAN, la exoneración se mide con el salario, y los pagos no salariales no cotizan a salud ni a pensión mientras no superen el 40% del total de la remuneración (art. 30 de la Ley 1393 de 2010). En el Excel están, además, las preguntas abiertas sobre la autorretención y sobre las personas naturales empleadoras.

Supuestos y fuentes

UVT de 2026 ($52.374) y salario mínimo de 2026 ($1.750.905), aunque el proyecto aplicaría desde el año gravable 2027. Salario ordinario: el ingreso base de cotización es el salario, con tope de 25 SMMLV. Pensión del 4% y Fondo de Solidaridad Pensional según el art. 27 de la Ley 100 de 1993, iguales en los dos escenarios.

Fuentes: arts. 56, 206 (num. 10), 241, 336 y 387 del Estatuto Tributario; arts. 20, 21, 47, 48, 49 y 106 del Proyecto de Ley 477 de 2026 Cámara y su exposición de motivos.

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