Sentencia 30688 del 01-10-2026. Territorial. ICA. Tarifa del sector financiero y límites del artículo 208 del Decreto Ley 1333 de 1986.

Radicación: 73001-23-33-000-2023-00428-01 (30688)

Problema jurídico: ¿Debe el concejo municipal respetar las tarifas del artículo 208 del Decreto Ley 1333 de 1986 al fijar la tarifa del impuesto de industria y comercio de las entidades del sector financiero?

Tesis jurídica: Sí. Porque la ley fijó para el sector financiero tarifas especiales, del tres por mil para las corporaciones de ahorro y vivienda y del cinco por mil para las demás entidades, y la autonomía tributaria territorial no permite modificar un elemento del tributo definido por el legislador, conforme al artículo 208 del Decreto Ley 1333 de 1986.

Nota de Relatoría Grupo de Estudios Tributarios: Reitera la Sentencia 30352 del 21-05-2026. Con aclaración de voto del consejero Luis Antonio Rodríguez Montaño: la parte resolutiva debió precisar que la nulidad recae solo sobre el exceso de las tarifas legales.

Texto completo: Sentencia 30688 del 01-10-2026

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