Directriz para el (PAP) sector Agropecuario. Decreto 1152 de 2020

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto 1152 del 20 de agosto de 2020, Por el cual se da una directriz sobre la Retención en la fuente y la autorretención en la fuente a título del impuesto sobre la renta y complementarios.

En ningún caso, estarán sujetos a retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta y complementarios. Los aportes que reciban los beneficiarios del Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios (PAP) de que trata el Decreto Legislativo 770 de 2020 y los beneficiarios del Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios (PAP) para el Sector Agropecuario de que trata el Decreto Legislativo 803 de 2020.

El tratamiento tributario de que trata el texto anterior del presente artículo es aplicable a los beneficiarios de dichos programas que tengan la calidad de autorretenedores.

Lo anterior sin perjuicio del tratamiento tributario en la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios del periodo gravable 2020 al que están sometidos los aportes recibidos por los beneficiarios de los mencionados programas.

Ver decreto 1152 de 2020

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