Sentencia Consejo de Estado 25000-23-37-000-2020-00454-01 (27408)

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Temas: Declaración de renta año 2015. Diligencia de registro.

 

Problema jurídico: ¿Los actos demandados resultaron violatorios del debido proceso al fundamentarse en pruebas recaudadas en una diligencia de registro que presuntamente se practicó en la casa de habitación de la hija y contadora del contribuyente?

 

Respuesta (Tesis jurídica): El artículo 779-1 del Estatuto Tributario señala que la diligencia de registro, en el caso de las personas naturales, no se podrá adelantar si el establecimiento de comercio, industrial o de servicios, oficina o demás locales del contribuyente o de terceros depositarios de sus documentos contables, coincide con su casa de habitación. En el caso concreto, se demostró que la diligencia se practicó en el establecimiento de comercio ubicado en el primer piso del inmueble, y no en el lugar ocupado por la contadora del actor, que como el mismo lo reconoce corresponde al tercer piso.

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