Sentencia CE 29772 del 04-12-2025. Devolución IVA. Vivienda VIS.

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Problema jurídico:¿Procede una nueva solicitud de devolución del IVA del 6.º bimestre de 2009 cuando la primera fue rechazada por extemporánea y no se interpuso recurso?

Tesis jurídica: No. Porque el rechazo inicial quedó en firme al no ser recurrido, lo que hace obligatorio e inmutable el acto administrativo, conforme al art. 850 E.T.; arts. 4 y 10 Dec. 1243/2001; arts. 87 y 91 CPACA.

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