Sentencia C-289 del 09-09-2026. Renta. Renta exenta del 25% del num. 7 del art. 206 del E.T. Extensión a los Procuradores Judiciales I.
Problema jurídico: ¿Se aplica al salario de los Procuradores Judiciales I, la renta exenta del 25% prevista en el inciso segundo del numeral 7 del artículo 206 del E.T. para los jueces de la República?
Tesis jurídica: Sí. Porque excluir a los Procuradores Judiciales I, que actúan ante los jueces de la República, configura un trato diferenciado contrario al derecho a la igualdad, por lo que la Corte declaró la exequibilidad condicionada de la norma con efectos a partir del período gravable 2026, cuya declaración se presenta en 2027, conforme al art. 13 de la Constitución y al num. 7 del art. 206 del E.T.
Nota de Relatoría Grupo de Estudios Tributarios: Las retenciones practicadas en exceso durante 2026 a los Procuradores Judiciales I se reintegran o recuperan por los procedimientos ordinarios, en particular el previsto en el art. 1.2.4.16 del Decreto 1625 de 2016. Comunicado de prensa 28 del 09-09-2026, M.P. Jorge Enrique Ibáñez Najar, exp. D-17079.

