Sentencia 30245 del 17-09-2026. Territorial. Impuesto de registro. Sustitución de la fiduciaria vocera del patrimonio autónomo por fusión.

Sentencia 30245 del 17-09-2026. Territorial. Impuesto de registro. Sustitución de la fiduciaria vocera del patrimonio autónomo por fusión.

Problema jurídico: ¿Es un acto sin cuantía para el impuesto de registro la inscripción del cambio de la sociedad fiduciaria vocera de un patrimonio autónomo, derivado de una fusión por absorción, cuando el fideicomitente y el beneficiario no cambian?

Tesis jurídica: Sí. Porque en la fiducia mercantil el impuesto se liquida sobre el valor del inmueble solo cuando este se transfiere a un tercero distinto del fideicomitente o beneficiario; la sola sustitución de la fiduciaria por la fusión no implica transferencia económica del bien ni variación patrimonial, por lo que no causa el impuesto sobre su valor, conforme al art. 229 de la Ley 223 de 1995 y al art. 7 del Decreto 650 de 1996.

Nota de Relatoría Grupo de Estudios Tributarios: Se confirmó la sentencia apelada, al demostrarse que Fiduciaria Bancolombia S.A. hizo un pago de lo no debido al Departamento de Cundinamarca, con condena en costas a la demandada. La Sala reiteró las sentencias de los expedientes 23272, 21206, 25081 y 26488 sobre la base gravable del impuesto de registro en la fiducia mercantil.

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