Oficio Supersociedades 220-305308 del 22-06-2026. Societario. Operaciones de factoring de sociedades por acciones simplificadas.
Precisa que una S.A.S. puede desarrollar la actividad de factoring como única actividad o junto con otros negocios lícitos, y que su inscripción en el Registro Único Nacional de Factores (RUNF) es obligatoria antes de iniciar operaciones. Señala los supuestos en que queda sometida a la vigilancia de la Superintendencia de Sociedades y recuerda que le está prohibido captar recursos del público. Aclara que el descuento no es un interés financiero ordinario sujeto al límite de usura y que lo relativo a la plataforma RADIAN es competencia exclusiva de la DIAN.











