Oficio 017002 del 28-09-2026. Renta. Soporte de costos con factura electrónica de un tercero que adquirió los derechos económicos de un contrato.
Problema jurídico: ¿Tiene efectos fiscales para soportar costos y deducciones en renta una factura que no cumple los requisitos de los artículos 617 y 618 del E.T., aunque demuestre el hecho económico?
Tesis jurídica: No. Porque, si bien esa factura es válida como medio para demostrar el hecho económico, cuando la ley exige factura con requisitos para costos y deducciones esa es la prueba idónea, y sin ellos resulta fiscalmente ineficaz, conforme al artículo 743 del E.T. y al Concepto 021851 de 2002.
Nota de Relatoría Grupo de Estudios Tributarios: Reitera el Concepto 021851 del 15-04-2002.
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